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Ordenan a Policía de Duitama no usar lenguaje discriminatorio contra mujeres trans

Corte ordenó a la Policía y a la Alcaldía de Duitama, Boyacá, realizar campañas en contra de la utilización de lenguaje discriminatorio contra mujeres transgénero dedicadas a la prostitución.

Corte Constitucional. Foto: Colprensa

Corte Constitucional. Foto: Colprensa(Colprensa)

La Corte Constitucional ordenó a la Policía Nacional Estación Duitama (Boyacá), a la Alcaldía y al Concejo de dicho municipio que, junto con la Defensoría del Pueblo, implementen campañas de sensibilización en la ciudad en contra de la discriminación basada en la identidad de género.

La decisión fue adoptada al estudiar una tutela que presentaron dos ciudadanas que hacen parte de un grupo de mujeres transgénero y cisgénero dedicadas a actividades de prostitución, quienes suelen ubicarse en una calle en el centro de Duitama, cerca al antiguo terminal de transportes.

Las accionantes manifestaron que han sido “víctimas de actos de violencia, discriminación y estigmatización por parte de autoridades locales, comerciantes y miembros de la sociedad civil en distintos escenarios, los cuales contribuyen a crear un entorno discriminatorio y promueven la utilización de un lenguaje que las ridiculiza por su identidad de género”.

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La Sala Séptima de Revisión, con ponencia de la magistrada Cristina Pardo Schlesinger, señaló que ese tipo de lenguaje, en lugar de reconocer que las mujeres transgénero en prostitución son mucho más vulnerables a actos de discriminación y que por ello son sujetos de especial protección constitucional, profundiza el estigma que ya se les prodiga.

”La perspectiva de la jurisprudencia constitucional ha sido la de incluir a las mujeres trans y en prostitución como personas valiosas para la sociedad, que gozan de igualdad de derechos y oportunidades para desarrollar todo su potencial y que por ello son sujetos de especial protección constitucional”, indicó la sentencia.

El Alto Tribunal afirmó que funcionarios de la Alcaldía de Duitama también vulneraron el derecho a la manifestación pública y pacífica de las accionantes al calificar un evento que realizaron como bochornoso y de mala enseñanza para los menores.

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