Judicial

JEP rechazó a excomandante de Policía de Itagüí condenado por desaparición

Aunque el oficial en retiro quiso vincular los asesinatos cometidos, con los hechos que rodearon la masacre del Aro en 1997, la jurisdicción encontró que solamente tienen conexión con la delincuencia organizada.

Agentes de la policía colombiana. Foto de: Alex DItta/Long Visual Press/Universal Images Group vía Getty Images.

Agentes de la policía colombiana. Foto de: Alex DItta/Long Visual Press/Universal Images Group vía Getty Images. / Alex Ditta

La Sala de Definición de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) rechazó el sometimiento del mayor (r) Luis Augusto Manrique Montilla, condenado en 2010 por el asesinato y desaparición forzada de Diego Alejandro Mejía Parra, alias ‘28′, líder de una banda criminal llamada “La Unión”, así como tres personas más, que fueron entregadas a hombres armados vestidos de civil por orden de Manrique.

Lea en La W

Según el expediente donde fue sentenciado, recibieron dinero por cuenta del crimen y de hecho, dos de sus subalternos que participaron en el secuestro y conducción de las personas, recibieron de a dos millones de pesos cada uno.

Aunque el excomandante de Policía argumentó que el crimen se relacionaría con el conflicto porque su calidad de miembro de la Fuerza Pública le dio facultades para participar en esas retenciones, y que ‘28′ habría asesinado a uno de los testigos de la masacre de “El Aro”, la jurisdicción no encontró prueba alguna que pudiera sustentar tal teoría, y al contrario, señalaron que los delitos por los que fue condenado se relacionan con contextos de delincuencia organizada.

“...fue condenado por hechos que no se relacionan en forma clara con el conflicto armado, sino que más bien pertenecen a los ciclos de violencia y delincuencia organizada, en este caso urbana que vive el país y que no siempre están relacionados con escenario bélico” señaló la jurisdicción.

Es más, plegándose a lo expuesto por las víctimas y el ministerio público (no admitir al mayor en retiro), los magistrados manifestaron que causa extrañeza la decisión del solicitante de vincular los hechos con el conflicto solamente tras varios años de su ocurrencia, eso sí, sin soportarlo con evidencias.

“...ninguna de las decisiones condenatorias proferidas en el marco de este dan cuenta de ello, siendo insuficiente para tal fin las solas afirmaciones del señor Manrique Montilla, mismas que – se itera - no entiende este Despacho por qué no fueron advertidas ni en el marco del proceso penal adelantado en su contra, ni tampoco en el proceso disciplinario que pretende sean de conocimiento de este Sistema” señala el fallo.

Adicionalmente, y a pesar de que la defensa de Manrique solicitó que fueran estudiadas unas supuestas declaraciones de Diego Fernando Murillo “Don Berna” en 2015 sobre el crimen del testigo Francisco Enrique Villalba de la masacre de El Aro, y en donde aseguraban que vincularía a alias “28″, concluyeron que no hubo mención tácita y directa alguna.

El siguiente artículo se está cargando

Escucha la radioen directo

W Radio
Directo

Tu contenido empezará después de la publicidad

Programación

Señales

Elige una ciudad

Compartir

Más acciones

Suscríbete

Tu contenido empezará después de la publicidad