Internacional

¿Cuánto tiempo hay que estar en España para obtener la residencia?

En algunos casos, el lapso mínimo de residencia es de cinco años o menos.

Imagen de referencia de turista en España. Foto: Getty Images.

Imagen de referencia de turista en España. Foto: Getty Images. / Alexander Spatari

Sin lugar a duda, España es uno de los países más apetecidos por los colombianos para vivir y trabajar por la facilidad del idioma y de las distintas opciones legales que ofrecen para obtener residencias por largos o cortos periodos que deben ser tramitadas en las Misiones Diplomáticas u Oficinas Consulares de ese país en el extranjero, según indica el Ministerio de Relaciones Exteriores, Unión Europea y Cooperación.

Asimismo, España es un destino predilecto para los jóvenes que desean estudiar. No obstante, para hacerlo se debe contar con una visa especial y tener una carta de admisión a la Universidad o escuela seleccionada. Adicionalmente, en el caso de los colombianos que ya tengan un título universitario y desean trabajar en dicho país, es necesario apostillarlo ante dos Instituciones gubernamentales.

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Tipos de residencia y visados en España

En el caso de España existen dos clases de residencia. Esa clasificación depende de dos factores principales: el país de origen y el tiempo total que estará en territorio español.

Residencia Temporal

Con esta residencia puede permanecer en el país por un periodo superior a 90 días e inferior a 5 años. Además, en caso de que lo necesite, tendrá la posibilidad de renovarlo periódicamente ante las entidades migratorias españolas.

De igual manera, según el Ministerio de Asuntos Exteriores de esa Nación, la residencia temporal también aplica para quienes no tengan una autorización de trabajo, por lo que deberán demostrar que tienen los medios o recursos suficientes para subsistir en dicho país.

Requisitos:

  • No ser ciudadano de la Unión Europea.
  • No estar irregularmente en España.
  • Si el solicitante es mayor de edad, no debe tener antecedentes penales en España o en el último país residido, es decir, Colombia.
  • Tener los recursos económicos suficientes para vivir en España, durante el tiempo que desee residir en el país europeo (aplica para quienes no tengan autorización de trabajo).
  • Contar con un seguro médico vigente público o privado.
  • Aportar una cuantía de acuerdo con la tasa a la que aplique.

Asimismo, el Ministerio del Interior en España asegura que los ciudadanos extranjeros en busca de una residencia temporal deben acercarse a las Misiones Diplomáticas u Oficinas Consulares. En el caso de Colombia, los interesados deben dirigirse a la Embajada ubicada en Bogotá.

Residencia de larga duración

En esta, los colombianos podrán vivir y trabajar legalmente en España indefinidamente. Sin embargo, solo se les otorga a los ciudadanos que hayan tenido previamente la residencia temporal durante cinco años.

Requisitos:

  • Además de la residencia temporal, el Gobierno español exige:
  • No tener antecedentes penales en España.
  • No ser ciudadano de la Unión Europea.
  • Al momento de solicitar la residencia de larga duración, no puede estar en el territorio español de manera irregular.

¿Cómo permanecer por más tiempo en España?

Según la aseguradora Axa, los permisos de permanencia por estancias más prolongadas deben tramitarse en las Misiones Diplomáticas u Oficinas Consulares españolas y la respuesta puede tardarse hasta un mes.

En España para el otorgamiento de permisos temporales de permanencia y trabajo los inmigrantes en condición de irregularidad pueden recurrir a la figura legal del arraigo, la cual permite, bajo ciertas condiciones, justificar y ampliar la permanencia de las personas en el país.

De acuerdo al portal de temas legales Conceptos Jurídicos, los tipos de arraigo son los siguientes:

Arraigo social: Concedido a extranjeros con tres años de residencia y exige la realización de un informe que emite la Comunidad Autónoma o el Ayuntamiento para demostrar la integración social. Otra opción puede ser tener vínculos familiares con otros extranjeros residentes o con españoles.

Arraigo laboral: Concedido a extranjeros con una permanencia continuada de más de dos años y que puedan acreditar un vínculo laboral que se haya ejecutado durante por lo menos seis meses.

Arraigo familiar: Concedido a quienes demuestren un vínculo familiar relevante, como lo podría ser el hecho de ser padres de un niño nacido en España o hijos de padres originariamente españoles. En el caso de los hijos, el extranjero debe demostrar que está a su cargo, convive con éste o cumple sus obligaciones paterno-filiales.

Cabe destacar que cualquier inmigrante que desee pasar por este proceso de validación deberá acreditar ciertas garantías de su comportamiento como no tener antecedentes penales, ni tener un compromiso vigente de no retorno debido a expulsiones previas. Así mismo deberá recopilar toda la documentación que acredite su permanencia en España y ratifique los requisitos antes mencionados.

El plazo máximo para obtener una respuesta en este tipo de peticiones suele ser de un mes a partir de la fecha de presentación y, en caso de que la petición sea aprobada, el permiso debe recogerse en persona.

Requisitos para colombianos que deseen solicitar la residencia en España

  • Tarjeta de residencia inicial para conseguir el permiso de residencia en España.
  • Pasaporte con fotocopia.
  • Certificado de antecedentes penales sin registros durante 5 años.
  • Tres fotografías en formato carné.
  • Seguro médico privado en caso de no trabajar.
  • Formulario de solicitud cumplimentado del permiso que elijas.
  • Extracto bancario que justifique que tienes al menos 10.000 € en su cuenta (para otros casos puede ser más dinero).

Otra opción para sacar la nacionalidad

Hay otra ruta para acceder a la nacionalidad: la Ley de Memoria Democrática. Aquí pueden aplicar quienes hayan nacido fuera de España (de madre o padre) o abuela o abuelo que hubiesen sido originalmente españoles y que por motivos de exilio la hayan perdido o renunciado a esta.

Esta opción también cobija a los hijos de mujeres que perdieron la nacionalidad cuando se casaron con extranjeros, antes de que entrara en vigor la Carta Magna de 1978.

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