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Admiten demanda de nulidad contra la elección del Senado

Los demandados tendrán un plazo de cinco días para responder la demanda ante el alto tribunal.

Admiten demanda de nulidad contra la elección del Senado . Foto: Getty Images

Admiten demanda de nulidad contra la elección del Senado . Foto: Getty Images(Thot)

La Sección Quinta del Consejo de Estado admitió una demanda de nulidad de la elección de los senadores de la República para el periodo 2018 – 2022. La acción fue presentada por el abogado José Manuel Abuchaide Escolar en su nombre propio, en el del partido Opción Ciudadana y del señor Oswaldo Ferri Ortiz.

Los cargos presentados por el abogado Abuchaide Escolar se concentran en:

  1. Fraude electoral consistente en: “inflar el total de votantes en las actas de escrutinios con el fin de justificar una mayor votación a favor de determinado candidato o Partido Político”, respecto de 48.816 mesas demandadas.
  2. Fraude en los puestos de votación con biometría respecto de 781 puestos de votación.
  3. Fraude consistente en presentar un candidato totalmente inhabilitado para sumar una votación producto de un engaño, que no permite que otros candidatos que sí cumplen con los requisitos de ley, puedan ser elegidos, respecto de 65.915 mesas de votación.

De otra parte, la magistrada ponente dispuso correr traslado de las medidas cautelares de acuerdo a lo previsto en el artículo 233 del CPACA, para que los demandados se pronuncien sobre ellas en escrito separado dentro del término de cinco días, plazo que correrá en forma independiente al de la contestación de la demanda.

Lo anterior teniendo en cuenta que las medidas pretendidas no hacen referencia a la suspensión provisional de los efectos del acto de elección, sino a:

I.- Que se tomen las medidas necesarias para mantener la cadena de custodia de todos los documentos electorales correspondientes a la elección de Senadores de la República para el periodo 2018-2022, hasta tanto se terminen los procesos judiciales que se adelanten.

II.- Que se oficie al Consejo Nacional Electoral –CNE-, para que se abstenga de producir un acto administrativo cancelando la personería jurídica del PARTIDO OPCION CIUDADANA por no haber alcanzado el 3% de los votos válidos obtenidos en el territorio nacional para Senado o Cámara de Representantes.

Finalmente, se dispuso el traslado del proceso a la herramienta web que se implementó “para el mejoramiento del proceso de nulidad electoral por causales objetivas”, previa autorización del apoderado judicial de la parte demandante.

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