ANM no podrá delimitar "indefinidamente" las Áreas Estratégicas Mineras
Una demanda indicaba que la norma desconoce el principio de desarrollo sostenible y el derecho a gozar de un ambiente sano.
La Sala Plena de la Corte Constitucional tumbó la facultad de la Autoridad Nacional Minera para delimitar “indefinidamente” las llamadas Áreas Estratégicas Mineras, al estudiar una demanda contra el artículo del Plan de Desarrollo del primer Gobierno de Santos que las aprobó.
Para la Corte, la delimitación indefinida de estas áreas con potencial minero puede ser idónea, por el incentivo de la inversión extranjera, pero deben tener limitaciones.
En sus palabras, se “quebranta el principio de proporcionalidad, en perjuicio del derecho de acceso, conservación y planificación del ambiente sano y libre, y del uso, goce y disposición de dichas áreas no seleccionadas para explotación minera frente a las futuras generaciones (.) Mantener una vigencia indeterminada de esa competencia, excede el deber de planificar las acciones públicas durante un cuatrienio, sin ninguna relación con los objetivos de la función pública de planificación que se propongan en adelante y varíen las circunstancias de modo, tiempo y lugar”.