Corte Constitucional arregló la “chambonada” de los bienes de las Farc
Se trata del Decreto 903 de 2017 que fue cuestionado por el ex alto Comisionado de Paz, Sergio Jaramillo, asegurando que la normativa tenía "ambigüedades desafortunadas".
El polémico decreto de los bienes de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (Farc) fue calificado como “chambonada” por parte del ex alto Comisionado de Paz, Sergio Jaramillo. El mismo también fue blanco de fuertes críticas por parte del fiscal general de la Nación, Néstor Humberto Martinez.
Este decreto fue “arreglado” por la Corte Constitucional que esta semana lo declaró exequible pero con unos pequeños ajustes.
La W estableció que el primero de ellos, que establece que los recursos no podrán ser utilizados para que el grupo político se financie, va a permitir que los tenedores de buena fe hagan su defensa y finalmente autorizan a la Fiscalía General de la Nación a realizar extinción de dominio a los bienes que no entregaron y que son de las Farc.
Estableció la Corte que todos los recursos entregados por las Farc “procederán a la reparación material de las víctimas del conflicto, en el marco de las medidas de reparación integral y la implementación de los programas contemplados en el punto 3.2.2 del Acuerdo Final”.
Precisa que se deberá establecer un “patrimonio autónomo del Departamento Administrativo de la Presidencia que servirá́ de receptor de todos los bienes y recursos patrimoniales monetizados y no monetizados inventariados. En contrato fiduciario se indicará los términos de administración del mismo, el destino que habrá́ de dársele al patrimonio a su cargo, y los criterios que deberá́ tener en cuenta para monetizar los bienes y acciones que reciba. El Fondo referido será́ gobernado por un Consejo Fiduciario cuya administración será́ decidida y constituida por el Gobierno nacional, por recomendación de la Comisión de Seguimiento, Impulso y Verificación a la Implementación del Acuerdo Final (CSIVI)”.