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Corte Constitucional se podría pronunciar sobre supuestos vicios en el plebiscito

Formalmente le reconocieron a una asociación de víctimas de las Farc que pueden realizar un trámite judicial autónomo sobre el tema.

Corte Constitucional . Foto: (Colprensa - Juan Páez).

Corte Constitucional . Foto: (Colprensa - Juan Páez).(Thot)

En un auto en el que rechazan hacerle seguimiento al cumplimiento de lo que dispusieron en el fallo sobre el plebiscito -C379 de 2016-, la Corte Constitucional aclaró que a través de un "trámite judicial autónomo", bien podrían resolver las controversias relacionadas con presuntos vicios de procedimiento en la convocatoria y la realización del plebiscito, celebrado el 2 de octubre.

El pronunciamiento lo hicieron al rechazar una solicitud de la representante de la Federación de Víctimas de las Farc, Marta Ochoa, que le exigía a la Corte que restringiera la firma del Acuerdo Final con las Farc hasta que se determinara si continúan niños en sus filas.

"Es importante resaltar que en el caso de la sentencia C-379 de 2016, refiere a las reglas estatutarias sobre un plebiscito especial.  Por lo tanto, aquellas controversias relativas a presuntos vicios de procedimiento en la convocatoria y realización de dicho mecanismo de participación, podrán ser resueltas por la Corte, pero a través de un trámite judicial autónomo, previsto en el artículo 241-3 de la Constitución. Este procedimiento es diferente al mencionado en la referencia, el cual se encuentra actualmente concluido", dice un auto con ponencia del magistrado Luis Ernesto Vargas.

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