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Desidia de padres da lugar a separarlos de sus hijos: Corte Suprema

El Estatuto de la Infancia señala que los niños sólo podrán ser separados de la familia cuando ésta no garantice las condiciones para el ejercicio de sus derechos.

Corte Constitucional . Foto: Colprensa

Corte Constitucional . Foto: Colprensa(Thot)

La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia determinó que la desidia de los padres que impida garantizar las condiciones para la realización y el ejercicio de los derechos de sus hijos, puede generar que pierdan la custodia de los mismos.

El pronunciamiento lo hizo la Sala al rechazar una tutela de una madre que buscaba tumbar una resolución de una Defensoría de Familia en Leticia. Organizmo que autorizó la custodia de su hijo a la abuela paterna.

Para la Corte Suprema de Justicia la tutela resulta improcedente «debido a que la progenitora tuvo la oportunidad de cuestionar la resolución objeto de censura ante el Juzgado de Familia de Leticia y no lo hizo».

La Corte advirtió que el estatuto de la infancia señala que los niños sólo podrán ser separados de la familia cuando ésta no garantice las condiciones para el ejercicio de sus derechos.

“…Se resalta la desidia de la actora de colaborar en el trámite administrativo, cuantas veces se le cito y nunca asistió, en aras de fortalecer la relación materna con su pequeño hijo, y que (…) se queja en este amparo. De ahí que el estatuto de la infancia señale que los niños sólo podrán ser separados de la familia cuando ésta no garantice las condiciones para la realización y el ejercicio de sus derechos”, sostiene la decisión.

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