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EPS deben pagar licencias de paternidad a pesar de que falten semanas por cotizar

El pronunciamiento lo hizo la Corte Constitucional al estudiar el caso de un padre al que le negaron la licencia por motivos económicos.

Imagen de referencia. Foto: BBC Mundo

Imagen de referencia. Foto: BBC Mundo(Thot)

Al fallar el caso de un hombre al que le negaron la licencia de paternidad porque dejó de cotizar un mes en la EPS Salud Total, la Corte Constitucional advirtió a las prestadoras de salud que no hay lugar a negar el reconocimiento de este derecho del que gozan los hombres, a la hora del parto de sus cónyuges, sólo por motivos económicos.

“En este orden de ideas, se tiene que el requisito de haber cotizado durante todo el período de gestación, no es un argumento suficiente para negar el pago de la licencia de paternidad, puesto que con dicha negativa se vulnera el derecho al mínimo vital del padre y del recién nacido”, señala la sentencia.

Sobre el caso concreto, la Corte determinó que Salud Total vulneró los derechos del accionante.

“De acuerdo con el marco constitucional aplicable, el accionante tiene el derecho al reconocimiento y pago de la licencia de paternidad, como quiera que solamente le hizo falta cotizar 1 mes o 4 semanas, y la jurisprudencia de esta Corporación, ha establecido que cuando le hubiere faltado al padre cotizar hasta 10 semanas o 2 meses, la EPS deberá proceder al pago total de la licencia”, indica el fallo.

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