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Guerrilleros y FF.MM. condenados por delitos graves podrán quedar en libertad condicional

Según el proyecto de Ley de Amnistía, quienes hayan estado presos durante cinco años y hayan cometido, por ejemplo, "falsos positivos", pueden pedir su libertad.

Guerrilleros en la Conferencia de las Farc. Foto: Colprensa

Guerrilleros en la Conferencia de las Farc. Foto: Colprensa(Thot)

El proyecto de Ley de Amnistía que recién radicó el Gobierno para iniciar la implementación del acuerdo suscrito con las Farc, incluye un "beneficio especial" de libertad condicional para los guerrilleros y miembros de la fuerza pública, que hayan cometido cualquier delito, incluidos los de lesa humanidad, y hayan estado detenidos como mínimo cinco años.

"El beneficio especialísimo de la libertad transitoria, condicionada, no significa que la persona sea inocente. Es un beneficio para que las personas puedan estar en libertad y puedan contribuir a la verdad (...) esa libertad procede para todos los delitos. Un militar con falsos positivos pueden pedir su libertad", expresó Catalina Díaz, directora de Justicia Transicional del Ministerio de Justicia.

Según el proyecto, dicho beneficio aplica para quienes han permanecido cinco años detenidos y hayan cometido cualquier delito como genocidio, reclutamiento de menores, delitos sexuales, entre otros.

"¿Qué pasa con los militares que hayan cometido delitos más graves? Ellos pueden quedar en libertad. Pero con la condición de que firman un acta de compromiso solemne de estar disponibles para la Jurisdicción Especial para la Paz, se comprometen a no salir del país", agregó Díaz en rueda de prensa.

Según el proyecto, habrá 'amnistía Iure' o exprés, para los guerrilleros que cometieron delitos políticos como la "rebelión, sedición y asonada, y otros delitos políticos conexos establecidos taxativamente en otra ley", según indicó el ministro de Justicia Jorge Londoño.

"Se supone que esas personas amnistiadas irán a las zonas veredales. Y que el Estado, a través de sus agencias, hará lo propio y hará lo pertinente para que regresen a la sociedad", agregó el ministro.

Londoño explicó que no serán amnistiables los crímenes de lesa humanidad, como el genocidio, reclutamiento de menores, delitos sexuales. "Ellos tendrán que ir a la Jurisdicción Especial para la Paz (...) hay otros delitos amnistiables que tendrán que ser declarados así por la Sala de Amnistía de la Jurisdicción Especial para la Paz", expresó Londoño.

A los agentes del Estado que no hayan cometido delitos de lesa humanidad, se les beneficiará con la extinción de la acción penal y la consecuente libertad.

"Otra situación es la de los agentes del estado, que no pueden ser sujeto de Amnistías. Pues ellos no cometen delitos políticos. Ellos son objeto de un tratamiento equitativo, equitativo en cuanto que el Estado renuncia a la acción penal y le da condiciones equivalentes a los amnistiados", explicó Londoño.

"No podrá haber renuncia en el caso de delitos de lesa humanidad, genocidio, de delitos sexuales, entre otros", expresó.

Según las cuentas del Gobierno, en las cárceles hay 4500 internos de las Farc y 5500 de agentes del Estado que podrían ser beneficiados con dicha Ley.

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