Jalón de orejas a la JEP por congestión de procesos
EL Consejo de Estado también afirmó que le solicitará al procurador General, Fernando Carrillo, que designe un funcionario de la entidad "para que haga un seguimiento".

Jalón de orejas a la JEP por congestión de procesos . Foto: Colprensa(Thot)

Al resolver un habeas corpus, la Sección Segunda del Consejo de Estado le ordenó a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), que en un termino no mayor a 10 días elabore un plan de acción para superar el estado de represamiento actual en el reparto de asuntos y proceder a la solución de las peticiones a cargo de la Sala de Amnistía o Indulto de la JEP.
La determinación del alto tribunal se registró luego del estudio de una acción de habeas corpus interpuesta por Tito Barrios Fonseca, quien en 2013 fue condenado por el delito de rebelión. El hombre, que estaba recluido en la cárcel Picota de Bogotá, solicitó su libertad, pero esta fue negada por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca.
Para el alto tribunal "es evidente que se han sobrepasado los términos legalmente establecidos para resolver sobre el beneficio solicitado. Estos vencían el 21 de diciembre de 2018 porque el mismo 6 de diciembre se radicó el trámite en la Sala de Amnistía o Indulto de la JEP". Bajo ese entendido, lo que busca el alto tribunal es que el plan priorice el reparto de las peticiones sobre beneficios de libertad no solo a los excombatientes de las Farc sino a todos los comparecientes a la justicia transicional.

Luz Helena Fonseca
Periodista W Radio, cubre las noticias de las altas cortes de la Rama Judicial en Colombia.






