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Mintransporte interpuso acción popular y demandó a la aplicación Picap Inc

La demanda se hizo por la prestación ilegal de servicio público en vehículos de dos ruedas que ponen en riesgo la seguridad de los ciudadanos según la cartera de transporte.

Imagen de referencia. Foto: Colprensa

Imagen de referencia. Foto: Colprensa(Thot)

Ante la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, el Ministerio de Transporte, interpuso una acción popular contra la sociedad comercial Picap Inc., por ofrecer en Colombia y sin ninguna autorización legal, la prestación del servicio público de transporte de pasajeros en  vehículos de dos ruedas, de manera ilegal, esto dijo el Viceministro de transporte, Juan camilo Ostos sobre el tema.

Según reza el texto de la demanda interpuesta por el Ministerio, Picap Inc., mediante la explotación indebida de Plataformas Tecnológicas ofrece y recibe las solicitudes de los usuarios, concretando la prestación del servicio de transporte con vehículos motocicletas pertenecientes a terceros, a cambio de una contraprestación económica determinada unilateralmente por dicha empresa y cuya cuantificación responde a la imposición de sus propios criterios valorativos, suma de la cual esta retiene un porcentaje por el cobro de su gestión.

Señala la demanda: (…) “en Colombia no está autorizado prestar bajo ninguna modalidad o condición el servicio público de transporte de pasajeros en vehículos de dos ruedas y, por el contrario, se considera esta actividad totalmente ilegal, y en consecuencia, el servicio de transporte que se promueve, se ofrece, se contrata y se presta a través de la plataforma tecnológica Picap, es una actividad comercial ilícita en razón que se ofrece un servicio público de transporte de pasajeros en vehículos de dos ruedas que, debe enfatizarse, no es un vehículo homologado para ello” (…).

En concepto del Ministerio, Picap Inc., pone en riesgo la seguridad y la vida de los usuarios con un transporte que no es seguro, autorizado, vigilado, supervisado ni regulado por las autoridades competentes en el país, quedando de esta manera a la deriva, la responsabilidad frente a terceros y en donde se expone a los usuarios a accidentes y en general a una serie de riesgos sin que se pueda ofrecer ningún tipo de garantía para la seguridad e integridad de los mismos.

Vale resaltar que con el Decreto 1079 de 2015, mediante el cual se unifica la reglamentación en materia de transportes,  se impone a las personas naturales o jurídicas que presten legalmente el servicio de transporte como condición para su operación, la obligación de tomar seguros de responsabilidad civil contractual y extracontractual que cubran a las personas o a las cosas transportadas contra los riesgos inherentes al transporte, condición que no se cumple con servicios ilegales como el que ofrece Picap Inc.

En su intervención, el Viceministro de Transporte, Juan Camilo Ostos, también señaló que “En Colombia, según cifras de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, en el 2018, el 54,9% de siniestros viales correspondieron a conductores de motocicletas o sus acompañantes. En Cali, Medellín y Bogotá, donde actualmente opera la aplicación, los porcentajes de siniestros fueron 61,6%, 59,2% y 39%, respectivamente”.

El Ministerio de Transporte, dio a conocer que consideró que Picap Inc., debe hacerse acreedora a las sanciones comerciales, civiles y eventualmente penales previstas para tal efecto, por prestar irregularmente el Servicio Público de Transporte de Pasajeros en vehículos de dos ruedas, contraviniendo flagrantemente el ordenamiento jurídico colombiano.

 

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