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Presidente Duque objeta seis artículos de la Ley Estatutaria de la JEP

El mandatario también anunció que presentará una reforma constitucional para modificar 3 puntos del acto legislativo 01 de 2017.

Presidente Duque. Foto: Colprensa

Presidente Duque. Foto: Colprensa(Thot)

El presidente Iván Duque anunció que objetó seis artículos de la Ley Estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz y aseguró que no se trata de un "choque de trenes" con la Corte Constitucional, que había declarado la exequibilidad de este texto. 

El mandatario aseguró que "estamos ante una oportunidad única para construir un consenso institucional alrededor de la Justicia transicional" y dijo que sus objeciones son por "razones de inconveniencia" por lo que invitó al Congreso a debatirlos. 

 

Los artículos objetados

 

El artículo 7: El presidente Duque aseguró que este artículo "no establece de manera clara la obligación principal de los victimarios de reparar integralmente a las víctimas. Los colombianos debemos tener claro la importancia de precisar que los victimarios deben adelantar una reparación material con sus bienes y activos que satisfaga a las víctimas. Es lo mínimo que Colombia espera". 

 

El inciso octavo del artículo 63: El presidente lo objetó pues asegura que "no determina el alcance de la competencia atribuida al Alto Comisionado para la Paz para verificar la lista de quienes son reconocidos como miembros de los Grupos Armados que se sometan a un proceso de paz". Según el presidente, la tarea de verificar quiénes hacen parte de un proceso de paz debe ser competencia de este funcionario. 

 

El inciso tercero del literal j del artículo 79: Este artículo habla de la suspensión de las actuaciones de la justicia ordinaria frente a las personas que se sometieron a la JEP. Según el presidente Duque es inconveniente porque "no precisa las diligencias judiciales que la Fiscalía debe abstenerse de realizar. Esto genera una situación que perjudica los intereses de las víctimas y desperdicia valiosos recursos investigativos de autoridades con experiencia y capacidad. Es conveniente definir con mayor precisión cuándo y bajo qué circunstancias las investigaciones contra personas sometidas a la JEP se suspenden en la Justicia ordinaria". 

 

El parágrafo 2 del artículo 19: Este parágrafo trata de la renuncia a la acción penal frente a los crímenes de lesa humanidad, genocidio o crímenes de guerra en relación con quienes no son máximos responsables. El presidente aseguró que "esa renuncia a la acción penal es inconveniente porque constituiría impunidad. El Estado no puede renunciar a perseguir a los responsables de los delitos de lesa humanidad sin haber agotado todos, todos los esfuerzos para encontrar la Justicia y la Verdad". 

 

El artículo 150: Tiene que ver con la extradición de las personas que cometan delitos luego de la firma del acuerdo y para el Jefe de Estado es inconveniente "debido a que no precisa lo que ya fue dicho en la ley de Procedimiento de la JEP cuando expresa que la Sección de Revisión del Tribunal de Paz no puede practicar pruebas. No hacer esa precisión afectaría gravemente la cooperación judicial de Colombia con otros países". 

 

El artículo 153: según Iván Duque , "condiciona la extradición de otras personas al ofrecimiento de la verdad sin establecer ningún tipo de término ni oportunidad para hacerlo. Esto produce un incentivo perverso para el ingreso a la JEP de terceros bajo el ropaje de supuestos ofrecimientos de verdad. Esa ambigüedad puede ser utilizada para eludir responsabilidades ante la Justicia de otros Estados". 

 

El presidente Duque también anunció que hay tres aspectos que deben modificarse respecto a la justicia transicional, por lo que presentará ante el Congreso una reforma constitucional al acto legislativo 01 de 2017. 

 

Se trata de modificaciones para excluir los delitos sexuales contra menores de la justicia transicional, que quede claro que quien reincida en actividades criminales perderá los beneficios de la justicia transicional y que cualquier delito cometido luego de la firma del acuerdo, es decir, del 1 de diciembre de 2016, será competencia de la justicia ordinaria. 

 

El mandatario señaló que "tan pronto se reanuden las sesiones ordinarias del Congreso de la República radicaremos este acto legislativo e invitaremos a los congresistas a discutirlo. Respetaré las decisiones finales sobre las objeciones y el proyecto de reforma constitucional que tome el Congreso de la República". 

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