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Corte declaró constitucional la 'dosis mínima'

La Corte Constitucional insistió que no se puede judicializar a los ciudadanos que sean sorprendidos con posesión de una dosis mínima para el consumo personal de droga.

(Thot)

La Corte Constitucional declaró ajustado a la Carta Política el artículo 11 de la ley 1453 del 2011 que habla sobre el porte de dosis mínima de droga.

La alta corporación insistió que no se puede judicializar a los ciudadanos que sean sorprendidos con posesión de una dosis mínima para el consumo personal de droga, al condicionar la validez de la ley de seguridad ciudadana que se refiere a la tenencia de estupefacientes.

La Procuraduría General de la Nación manifestó que acataba pero no compartía la decisión judicial.

 

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