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Hospital de Duitama deberá responder por la muerte de una mujer

La paciente había sido remitida a otra institución por dolores abdominales y falleció por un accidente sufrido en la ambulancia en la que era trasladada.

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Luego de que el Tribunal Administrativo de Boyacá confirmara en primera instancia que declaraba responsable a la E.S.E Hospital Regional de Duitama por ser responsable de la muerte de la señora Rebeca Gómez en hechos ocurridos el pasado mes de septiembre de 2013, en sentencia reciente confirmó la decisión accediendo a las pretensiones puestas en la demanda.

Los hechos ocurrieron cuando la mujer en mención se acercara a la E.S.E. Hospital Regional de Duitama indicando que tenía dolencias en su abdomen. Posterior a eso se ordenó trasladarla hacia un centro asistencial en Tunja donde se le prestaría el servicio pertinente que se basaba en un examen a las vías digestivas, programado para el 12 de septiembre de 2013.

Tras la orden, la persona fue trasladada en una ambulancia que prestaba los servicios al hospital, la cual sufrió un accidente de tránsito y desde ahí se generó toda una serie de hipótesis frente a las razones del fallecimiento de la mujer.

En el trayecto de la ambulancia, la mujer y su hija salieron expulsadas del vehículo, que de acuerdo con lo informado por la Secretaría del Tribunal, fue atendida para ser tratada por las lesiones derivadas del siniestro vial y dos días después falleció.

La demanda interpuesta buscaba vincular a la entidad prestadora de salud de Duitama como responsable del fallecimiento de la mujer y ante eso, el ente administrativo añadió que efectivamente se daba responsabilidad: “Por considerar que se encontraba demostrada la existencia del daño consistente en la muerte de la paciente, y que la causa del mismo fue un trauma craneoencefálico sufrido como consecuencia del accidente de tránsito en el cual fuera parte la ambulancia en la que ella se transportaba hacia la ciudad de Tunja con el fin de que se le practicara el examen y no como lo argumentaba la entidad demandada en su defensa, que el deceso se dio como consecuencia de las diferentes dolencias que sufría y por la cual fue internada, tanto así que su remisión al Hospital San Rafael de Tunja, se dio únicamente para que le fuera practicada una endoscopia con el fin de determinar el origen de sus dolencias abdominales”.

A su vez, en recurso de apelación entablado, se indicaba que Previsora S.A. Compañía de Seguros, debería responder por el suceso. La Sala hizo compulsa de copias ante la Procuraduría Regional de Boyacá y la Contraloría Departamental para que se realizara la investigación al caso directamente al director en ese entonces de la E.S.E Hospital Regional de Duitama, por lo que se excluyeron todas las responsabilidades a la compañía aseguradora,  indicando que  “al haber constituido con dicha aseguradora, la póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual, permitiendo que se excluyera la responsabilidad de la aseguradora en asuntos relacionados con la muerte o lesiones a ocupantes de vehículos tipo ambulancia, aspecto que repercutía en la lesión al patrimonio de la entidad demandada”.

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