Conflicto de competencias: investigación del Consejo Nacional Electoral a Gustavo Petro
La W entrevistó al exmagistrado de la Corte Suprema, Jaime Arrubla y al exsecretario de Transparencia Gabriel Cifuentes.

¿Con investigación del CNE a Petro se tocó afectó el fuero presidencial?
05:13
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Gustavo Petro, presidente de Colombia. Foto: Colprensa.
En medio de la controversia que ha generado la decisión de la sala de consulta y servicio civil del Consejo de Estado sobre las competencias del Consejo Nacional Electoral (CNE) en la investigación de la campaña presidencial de Gustavo Petro, abogados y juristas ofrecen diferentes perspectivas sobre el alcance de estas facultades.
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Por ejemplo, el abogado Óscar González destacó que, si bien la Corte Constitucional ha aclarado que el fuero integral se aplica a acciones penales y disciplinarias, no se extiende a acciones administrativas sancionatorias, como las que podría imponer el CNE. González se refiere a un antecedente en el que la Corte determinó que la Contraloría General de la República no podía investigar ni sancionar a un aforado, sugiriendo que la misma lógica podría aplicarse al CNE.
En los micrófonos de La W, el exmagistrado de la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, Jaime Arrubla, argumentó que el CNE tiene la competencia para investigar las campañas electorales, incluida la de Petro.
Arrubla explicó que, aunque el CNE puede investigar si se violaron los topes de gasto, cualquier sanción aplicable al presidente debería ser manejada por la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes, que actuaría como su juez natural.
“Si se desbordan los topes, la consecuencia es la pérdida del cargo”, afirmó Arrubla, quien también enfatizó que, si hay indicios de delitos, como falsedad en la información, el caso pasaría a la Corte Suprema para su investigación.
Por otro lado, el abogado Gabriel Cifuentes, exsecretario de Transparencia del gobierno Santos, explicó en los micrófonos de La W que el CNE puede investigar, pero no formular cargos contra el presidente.
Según Cifuentes, el artículo 178 de la Constitución establece que el presidente solo puede ser investigado por la Comisión de Acusaciones.
“El Consejo Nacional Electoral puede investigar la campaña, pero no puede formular cargos contra el presidente”, señaló Cifuentes, lo que generaría confusión en el manejo de estas competencias.
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