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Avaluadores del país tendrán que registrarse para poder ejercer

A partir del próximo 11 de mayo de 2018, los avaluadores de todo el país deberán estar inscritos en el Registro Abierto de Avaluadores (RAA).

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Así lo anunció Alexandra Suárez, directora ejecutiva de la Corporación Autorreguladora Nacional de Avaluadores (ANA), quien asegura que “el certificado expedido por el RAA es en este momento la única prueba indiscutible de la condición de avaluador”.

Suárez indicó que con la autorización de la entrada en operación del RAA, este sustituyó a la lista de la Superintendencia de Industria y Comercio, y todas aquellas personas que requieran contratar un avaluador deberán exigirle que le entregue el certificado vigente de inscripción y validarlo con su teléfono inteligente o en la página web del RAA.

“El registro permite contar con una única base de datos unificada para la validación de la información de los avaluadores y garantiza que las personas inscritas cumplen con los requisitos definidos por la ley para ejercer la actividad valuatoria, asegurando la experiencia o la formación que garantizan la idoneidad profesional de los avaluadores en Colombia”, explicó.

La entidad explicó que un avaluador podrá inscribirse en una o más categorías o especialidades establecidas, de acuerdo con sus conocimientos específicos. Estas 13 categorías son:

* Inmuebles urbanos

* Inmuebles rurales

* Recursos naturales y suelos de protección

* Obras de infraestructura

* Edificaciones de conservación arqueológica y monumentos históricos

* Inmuebles especiales

* Maquinaria fija, equipos y maquinaria móvil

* Maquinaria y equipos especiales

* Obras de arte, orfebrería, patrimoniales y similares

* Semovientes y animales

* Activos operacionales y establecimientos de comercio

* Intangibles (marcas, patentes, secretos empresariales, derechos de autor, entre otros)

* Intangibles especiales (daño emergente, lucro cesante, daño moral, servidumbres, derechos herenciales, entre otros).

 

Además, la entidad explicó que con estas medidas se tendrán algunos beneficios, entre otros, una base de datos unificada para la validación de la información de los avaluadores y la garantía de que las personas inscritas cumplen con los requisitos definidos por la ley para ejercer la actividad valuatoria, asegurando la formación e idoneidad profesional de los avaluadores en Colombia.

Otra es tener la información completa de que los avaluadores en Colombia poseen los conocimientos, habilidades y aptitudes para desempeñar la actividad valuatoria con idoneidad y que, en caso de no realizarlo, serán sancionados, incluso con la expulsión del sistema si la falta a la ética o las normas de autorregulación fueron graves.

La entidad reiteró que la inscripción en el RAA será  la única prueba indiscutible de la condición de avaluador y a partir del 12 de mayo, el certificado de inscripción será la única prueba y el usuario podrá verificar si el certificado que le entrega la persona que está contratando es verídico en tiempo real.

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