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Contraloría desmiente a Odebrecht y ratifica que hizo parte de "arrendamientos fantasma"

Dice que aún consigna cánones de arrendamiento a Ferrocarriles Nacionales de Colombia.

Odebrecht respondió a los hallazgos fiscales por más de $14.000 millones que hizo la Contraloría. Foto: Getty Images

Odebrecht respondió a los hallazgos fiscales por más de $14.000 millones que hizo la Contraloría. Foto: Getty Images(Thot)

Odebrecht respondió a los hallazgos fiscales por más de $14.000 millones que hizo la Contraloría al Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia, hallazgos que involucran al Consorcio Odebrecht.

En la respuesta dicen que el único contrato que tiene con este Fondo ha sido el de la ejecución del Proyecto de Reconstrucción de la Línea Férrea entre la Loma y Santa Marta para la Empresa Colombiana de Vías Férreas – Ferrovías, del 17 de abril de 1996, y cuyo objeto era dar en arrendamiento equipo tractivo y remolcado de propiedad de dicho fondo, por un año. El valor final del mencionado contrato junto con sus otrosíes no superó la suma de 20 millones de pesos.

Frente a ello, la Contraloría ratificó su posición señalando que uno de los arrendatarios del Fondo en mención, es el Consorcio Odebrecht, que sigue consignando sumas a favor de la entidad por supuestos cánones de arrendamiento.

La entidad reitera "una vez más que el Fondo del Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia, no aportó registros ni evidencia de cuáles eran los supuestos bienes arrendados, ni registros contables de los activos presuntamente arrendado, así como tampoco ni facturación, ni el pago de impuestos, que justifiquen los ingresos recibidos por arrendamientos", resalta el ente de control.

En los llamados “arrendamientos fantasma”, dice la Contraloría que figura este Consorcio como uno de los involucrados, al haber evidenciado el ente de control que el Fondo, durante la administración del señor Jaime Luis Lacouture Peñaloza, recibió ingresos por supuestos contratos de arrendamiento comercial, sin que se hubiese evidenciado el registro de los mismos en la cuenta contable de terrenos, y sin evidencia física de la existencia de tales contratos.

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