Corte exige a Eps deben entregar pañales y pañitos a enfermos graves
La Corte le recordó a las Eps que es un deber garantizar la salud y vida digna de los pacientes.
Lo hizo el alto tribunal al fallar una tutela en donde le ordenó a una Eps suministrar 180 pañales por tres meses, y tres paquetes de pañitos húmedos por el mismo tiempo, a un menor de 12 años de edad, que padece de parálisis cerebral, enfermedad que le impide controlar esfínteres.
Aunque los pañales desechables y pañitos húmedos no están dentro de aquellos insumos que son financiados con cargo a la Unidad de Pago por Capitación (UPC), “no han sido excluidos totalmente del Plan de Beneficios en Salud, debido a que están dentro de los servicios o tecnologías complementarias” al Plan. Así lo aseguró la Corte Constitucional al precisar que “Los insumos de aseo o higiene, (...) podrían ser suministrados por una Eps o Ips con cargo a los recursos públicos previstos para servicios y tecnologías no incluidas en el Plan de Beneficios en Salud, siempre que el profesional (...) pudiera justificar técnicamente la decisión adoptaba de forma coherente”, señaló la Corte.
La anterior explicación hace parte de una sentencia de tutela en la cual la Corte ordenó a una Eps suministrar 180 pañales por tres meses, y tres paquetes de pañitos húmedos por el mismo tiempo, a un menor de 12 años de edad, que padece de parálisis cerebral, enfermedad que le impide controlar esfínteres.
La Corte le recordó a las Eps que es un deber garantizar la salud y vida digna de los pacientes.