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EPS e IPS tienen 48 horas para garantizar entrega de medicamentos a pacientes

Con la resolución 1604 de 2013 del Ministerio de Salud, ambos regímenes deberán tener en cuenta el plazo para entregar en el lugar de residencia y/o trabajo.

Foto: El Tiempo.

Foto: El Tiempo.(Thot)

El Ministerio de Salud estableció los lineamientos que deben tener en cuenta EPS e IPS a la hora de entregar medicamentos a los afiliados.

De esta manera, se busca que los pacientes logren tener acceso a los medicamentos que necesitan a tiempo, estableciendo un plazo máximo de 48 horas desde la solicitud del afiliado.

Para hacer cumplir los lineamientos, se crea también el Sistema de Seguimiento, Monitoreo y Control que “tendrá como finalidad servir de herramienta de información a las autoridades sanitarias y permitirá la formulación de políticas, toma de decisiones y monitoreo que requiere el sistema en cada uno de sus componentes”, según establece la resolución.

El Sistema estará conformado, además del Ministerio de Salud, por Unidad Administrativa Especial Fondo de Estupefacientes, la Superintendencia Nacional de Salud, el INVIMA, las Direcciones Territoriales de Salud, las Empresas Administradoras de Planes de Beneficios, las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) y las Instituciones del Sistema General de Seguridad Social en Salud pertenecientes a los regímenes exceptuados.
 

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