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Pacientes podrán exigir a las EPS atención médica en cualquier municipio del país

Con el decreto 1638 de 2013, sancionado por el Ministro de Salud, ninguna EPS podrá exigir a sus usuarios presentarse personalmente para hacer efectiva la portabilidad.

Foto: Archivo El Tiempo.

Foto: Archivo El Tiempo.(Thot)

El Gobierno Nacional sancionó un decreto mediante el cual se obliga a las EPS tanto del régimen contributivo como del subsidiado a garantizar la atención a sus usuarios sin importar la zona del país en la que estén. Hasta el momento, las EPS tenían la posibilidad de pedirle a sus pacientes el traslado a la ciudad en la que se encuentran afiliados para hacer efectivos los servicios de salud.

El ministro de Salud, Alejandro Gaviria, explicó que las EPS deberán suscribir acuerdos específicos con IPS en lugares donde no operen o donde no cuenten con redes de servicios.

Para garantizar la prestación de los servicios, las EPS deberán contar con un minisitio web o líneas de atención telefónica dedicados exclusivamente a la portabilidad.

Las EPS tendrán tres meses para adaptarse a la nueva legislación, después de los cuales los pacientes tendrán que ser notificados por su empresa prestadora de salud sobre a qué IPS ha sido asignado en el municipio donde se encuentre en un plazo no mayor de diez días. En caso de no tener respuesta, el paciente podrá acercarse a cualquier centro de atención de baja complejidad y la EPS deberá asumir los gastos en los que incurra la atención.

Autor: Rafael Abuchaibe.

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