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Registrador explica proceso para convocar un referendo revocatorio

El registrador Carlos Ariel Sánchez dijo que para convocar un referendo revocatorio se debe recoger firmas dentro de los 6 meses siguientes a la aprobación del acto legislativo.

El registrador del Estado Civil, Carlos Ariel Sánchez, dijo en La W que para convocar un referendo revocatorio se debe recoger firmas dentro de los 6 meses siguientes a la aprobación del acto legislativo.

Explicó que las firmas “deben ser un 5 por ciento de los ciudadanos que integran el censo electoral. Deben participar el día de la decisión (referendo) la cuarta parte del censo electoral y que esa cuarta parte tenga mayoría absoluta”.

Sánchez aseguró que el referendo revocatorio de la Reforma a la Justicia podría costar unos 140 mil millones de pesos. Recordó que el referendo realizado en 2003 tuvo un valor de 60 mil millones de pesos.

Dijo que en las firmas debe aparece “íntegra la voluntad del ciudadano que va votar el referendo”, o sea firma y cédula de ciudadanía.

“Hay otro tema de fondo y es el del comité promotor que tiene que estar conformado por nueve ciudadanos”, señaló el Registrador, quien sostuvo que éstos se deben encargar de recoger las firmas, elaborar el texto de que es el referendo y deben manejar el tema de la financiación.

Finalmente, afirmó que los colombianos en el extranjero sí pueden votar el referendo.

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