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SIC no puede vetar comerciales sobre efectos de bebidas azucaradas: Corte

La Corte señala en la sentencia que el acceso oportuno a este tipo de información "garantiza la protección y prevención en materia de salud".

SIC no puede vetar comerciales sobre efectos de bebidas azucaradas: Corte . Foto: Colprensa

SIC no puede vetar comerciales sobre efectos de bebidas azucaradas: Corte . Foto: Colprensa(Thot)

La Corte Constitucional confirmó la sentencia del 5 de abril por la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, la cual ordenó a la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), revocar la Resolución 59176 de 2016, mediante la cual se ordenó a la organización Educar Consumidores que cesara de manera inmediata la difusión de un comercial de televisión relacionado con el consumo de bebidas azucaradas, y remitir a la SIC, de manera previa, toda pieza publicitaria relacionada con el consumo de bebidas azucaradas que se pretenda transmitir a través de cualquier medio de comunicación, con el fin de obtener su expresa y previa autorización, a través de un control previo sobre la información, imágenes, proclamas y demás afirmaciones realizadas en las mismas. 

La Corte señala en la sentencia que el acceso oportuno a este tipo de información “garantiza la protección y prevención en materia de salud, al admitir los riesgos presuntos o eventuales ligados con aspectos del desarrollo de estos productos” y también “habilita a elegir de una manera libre los productos alimenticios que (los consumidores) deseen consumir, conforme a su propia orientación de vida”.

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