Economía

Aseguradoras inician revisión a pólizas de sector público tras advertencias de Contraloría

Igualmente la Superfinanciera inició la revisión de todos los procesos judiciales en los que las compañías han sido llamadas por el Estado en garantía, que totalizan 605.

Aseguradoras inician revisión a pólizas de sector público tras advertencias de Contraloría

Aseguradoras inician revisión a pólizas de sector público tras advertencias de Contraloría(Thot)

La reciente función de advertencia y las actuaciones de la Contraloría General de la República en materia de revisión del aseguramiento al patrimonio público por parte de las entidades aseguradoras, ha hecho que estas compañías estén revisando sus objeciones de pago, y en casos como el de devoluciones de IVA ante la Dian están ad portas de firmar un acuerdo multimillonario.

Igualmente la Superintendencia Financiera de Colombia inició la revisión de todos los procesos judiciales en los que las compañías han sido llamadas por el Estado en garantía, que totalizan 605.

De la misma manera la Superintendencia tuvo que entrar a revisar los clausulados y notas técnicas depositadas en el ente de control para verificar que las cláusulas no contengan manifestaciones contrarias a derecho o hagan inaplicable los productos que aseguran el patrimonio público.

De otro lado, emprendieron con el gremio asegurador una extensa campaña honrando el deber de información y de asesoría que la ley les impone frente a sus principales clientes: El Estado y los servidores públicos que aprueban las pólizas constituídas por los contratistas.

Lo anterior debe entenderse sin perjuicio de las actuaciones que dentro del marco de supervisión y control deban adelantar contra las entidades aseguradoras que incumplan con la ley.

A principios de este año, la contralora General de la República, Sandra Morelli Rico, dirigió una Función de Advertencia al Superintendente Financiero, Gerardo Hernández, alertando por la insuficiente cobertura y otras deficiencias que ha detectado la CGR en las pólizas que amparan riesgos de entidades públicas.

El organismo había evidenciado la existencia de productos que no responden a las necesidades propias que permitan cubrir los riesgos en que está incurso el Estado y su patrimonio, bien porque la suma asegurada no es la adecuada o los plazos de amparo no son suficientes, o las excepciones pactadas para no el pago hacen que a la postre la garantía que el Estado esperaba para si no responda ni al diseño ni a la voluntad contractual de contratista y aseguradora.

En todos estos casos queda el Estado o sus bienes desamparados pese a la contratación de una garantía de que antemano habría podido preverse como no efectiva, inservible o insuficiente.

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