“Alcaldes no pueden prohibir corridas de toros”: Corte Constitucional
La Corte Constitucional indicó que no se necesita solicitar permiso a los mandatarios locales donde existan plazas de toros que son reguladas por las corporaciones taurinas.

(Thot)

La Corte Constitucional determinó que los alcaldes del país no pueden prohibir las corridas de toros donde existan plazas permanentes, como en las principales ciudades.
Así lo determinó la Corte Constitucional al declarar exequible el reglamento taurino que fue demandado ante ese tribunal.
Igualmente, la Corte indicó que tampoco se necesita solicitar permiso a los mandatarios locales donde existan plazas de toros que son reguladas por las corporaciones taurinas.
Con esta decisión, se tumbaría la determinación del alcalde mayor de Bogotá, Gustavo Petro, de prohibir las corridas de toros en la Plaza La Santamaría.
Así lo determinó la Corte Constitucional al declarar exequible el reglamento taurino que fue demandado ante ese tribunal.
Igualmente, la Corte indicó que tampoco se necesita solicitar permiso a los mandatarios locales donde existan plazas de toros que son reguladas por las corporaciones taurinas.
Con esta decisión, se tumbaría la determinación del alcalde mayor de Bogotá, Gustavo Petro, de prohibir las corridas de toros en la Plaza La Santamaría.






