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Fiscalía General debe investigar violencia intrafamiliar en comunidades indígenas

El tribunal considera que aunque el procesado y la víctima pertenecen a una comunidad indígena determinada, su conocimiento debe asignarse a la justicia ordinaria.

(Thot)

La sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura asignó a la justicia penal ordinaria la competencia para procesar a un indígena que golpeó a su compañera en un resguardo en el departamento de Nariño.

De acuerdo con el magistrado Pedro Alonso Sanabria, aunque el procesado y la víctima pertenecen a la comunidad indígena Wayachucal y los hechos ocurrieron en ese resguardo, “por tratarse de una conducta de valor constitucional como la violencia intrafamiliar y que no es inherente a la cultura indígena, su conocimiento debe asignarse a la justicia ordinaria y llevar el caso al juez promiscuo municipal de Cumbal, Nariño”.

Destaca el fallo que la dignidad humana es base fundamental del actual ordenamiento jurídico, debe dársele la importancia para que permanezca inalterada ante cualquier situación sin distingo de raza, religión, sexo, creencia y color, y es un derecho que está asociado indisolublemente con el de la vida.


 

 

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