Los archivos de operaciones militares no pueden ser destruidos: Consejo de Estado
La máxima corporación de lo contencioso administrativo indicó que estos archivos son un indicio grave en contra de la institución.
Foto: El Tiempo.(Thot)
El Consejo de Estado determinó la responsabilidad del Ejército Nacional por los perjuicios causados a un soldado voluntario de un batallón de contraguerrilla de la octava brigada durante la toma guerrillera al puesto de Calamar (San José Guaviare) septiembre de 1194.
Con ponencia del magistrado Danilo Rojas Betancur, la sección tercera constató que un capitán del Ejército llegó a la base militar y ordenó la destrucción de todos los archivos del batallón correspondiente a los años 1994, 1995 y 1996, por considerarlos basura, lo que impidió que un demandante acreditara lo ocurrido en el enfrentamiento.
La destrucción de los archivos militares que contenían la información oficial de lo ocurrido en materia de orden público y conflicto armado se interpreta como un indicio grave en contra de la institución “que hace prosperar las pretensiones de la demanda”, pues es una falta de servicio, señala la corporación.
Con ponencia del magistrado Danilo Rojas Betancur, la sección tercera constató que un capitán del Ejército llegó a la base militar y ordenó la destrucción de todos los archivos del batallón correspondiente a los años 1994, 1995 y 1996, por considerarlos basura, lo que impidió que un demandante acreditara lo ocurrido en el enfrentamiento.
La destrucción de los archivos militares que contenían la información oficial de lo ocurrido en materia de orden público y conflicto armado se interpreta como un indicio grave en contra de la institución “que hace prosperar las pretensiones de la demanda”, pues es una falta de servicio, señala la corporación.