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Calendario tributario 2024: fecha para declarar renta según números de la cédula

Los contribuyentes tendrán que declarar renta de la vigencia 2023 entre agosto y octubre de 2024. Conozca las fechas,

Razones por las que aumentará la declaración de renta en 2024 - Getty Images

Razones por las que aumentará la declaración de renta en 2024 - Getty Images / Doucefleur

Para presentar la declaración de renta del año gravable 2023, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ya estableció el calendario tributario para este 2024.

Entre el 12 de agosto y hasta el 24 de octubre del 2024, los contribuyentes tendrán que cumplir con este trámite de acuerdo con el cronograma que se ajusta al último par de dígitos de su cédula o Número de Identificación Tributaria (NIT) según corresponda.

Es preciso señalar que este año hay cambios en el orden de los vencimientos, puesto que ahora inician aquellos contribuyentes cuyos números de identificación tributaria, que figuran en el Registro Único Tributario (RUT), terminen en 01 y 02. Es decir, estos serán los primeros en declarar el día 12 de agosto de 2024.

Por ese motivo, es importante que cada contribuyente revise y tenga presente la fecha correspondiente a los dos últimos dígitos de su cédula o NIT para evitar contratiempos y posibles sanciones, así como debe conocer los requisitos para la presentación de sus declaraciones tributarias.

Para organizar las fechas, la DIAN ha dispuesto un esquema de fechas pensado para garantizar un proceso ordenado y eficiente.

Dicho calendario se distribuye en las siguientes fechas:

  • Agosto: Del 12 al 29
  • Septiembre: Del 2 al 27
  • Octubre: Del 1 al 24

Calendario para declaración de renta 2024

Agosto

Día / Últimos dos dígitos del NIT

Más información

  • 12 - 01-02
  • 13 - 03-04
  • 14 - 05-06
  • 15 - 07-08
  • 16 - 09-10
  • 20 - 11-12
  • 21 - 13-14
  • 22 - 15-16
  • 23 - 17-18
  • 26 - 19-20
  • 27 - 21-22
  • 28 - 23-24
  • 29 - 25-26

Septiembre

Día / Últimos dos dígitos del NIT

  • 2 - 27-28
  • 3 - 29-30
  • 4 - 31-32
  • 5 - 33-34
  • 6 - 35-36
  • 9 - 37-38
  • 10 - 39-40
  • 11 - 41-42
  • 12 - 43-44
  • 13 - 45-46
  • 16 - 47-48
  • 17 - 49-50
  • 18 - 51-52
  • 19 - 53-54
  • 20 - 55-56
  • 23 - 57-58
  • 24 - 59-60
  • 25 - 61-62
  • 26 - 63-64
  • 27 - 65-66

Octubre

Día / Últimos dos dígitos del NIT

  • 1 - 67-68
  • 2 - 69-70
  • 3 - 71-72
  • 4 - 73-74
  • 7 - 75-76
  • 8 - 77-78
  • 9 - 79-80
  • 10 - 81-82
  • 11 - 83-84
  • 15 - 85-86
  • 16 - 87-88
  • 17 - 89-90
  • 18 - 91-92
  • 21 - 93-94
  • 22 - 95-96
  • 23 - 97-98
  • 24 - 99-00

¿Cuáles son las sanciones por no declarar renta?

A través de su sitio web, la DIAN ha revelado las penalidades o multas que puede traer la presentación de la declaración de renta fuera de los plazos establecidos por la entidad:

  • Sanción por declarar tarde conocida como sanción extemporaneidad, equivalente al 5% de su impuesto a cargo y aumenta con cada mes o fracción después de la fecha establecida.
  • La sanción mínima que se pagará en 2023 por las obligaciones incumplidas o mal cumplidas con la DIAN es de $424.000. Tenga cuidado: aun declarando un día tarde, debe asumir ese valor.
  • La persona natural recibirá un mensaje de advertencia en el que se le notifica que cuenta con un mes máximo para realizar el pago correspondiente al monto del impuesto. De no cumplir la obligación, se le anexará un 10%, como lo estipula el artículo 642.
  • De no declarar renta, se le sumará un 20% como sanción con base en el valor de las consignaciones bancarias o los ingresos brutos de la persona.

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