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¿El encargado de prevención de lavado de activos en una empresa se debería tercerizar?

Comprenda cuál es la función del encargado de la prevención del lavado de activos en una empresa para que defina la mejor opción de contratación.

Cortesía: Shutterstock

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El Oficial de Cumplimiento, OdC, es un cargo de nivel directivo que tiene obligaciones legales en materia de prevención y control del lavado de activos y soborno transnacional. Constituye la piedra angular del Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo Integral de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo, SAGRILAFT, o Programa de Transparencia y Ética Empresarial, PTEE.

El oficial de cumplimiento es el encargado de promover y desarrollar el diseño, cumplimiento y ejecución del PTEE o SAGRILAFT. Esta persona, debe tener todo el conocimiento de la empresa y experticia en el tema, pues determina la posición de toda la estructura. En Colombia este cargo tuvo cambios y se innovó en la relación laboral.

En el país, según la norma de la Supersociedades, la empresa podrá contratar a una persona natural o una persona jurídica, sin que exista una vinculación laboral. No podrá fungir como oficial de cumplimiento en más de diez empresas obligadas y no podrá actuar en dicho cargo en empresas que compitan entre sí.

En Colombia se exigen competencias y experticia comprobada, ya que es un cargo que se puede tercerizar.

Esta persona natural y, la jurídica a la que esté vinculado, deberán demostrar que en sus actividades profesionales se cumple con las medidas mínimas establecidas en la circular básica jurídica.

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