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APP para intervenir Galeón San José se puede adjudicar en plena ley de garantías

Así se determinó tras una consulta hecha por el Ministerio de Cultura al Consejo de Estado.

Según el alto tribunal, esto no significa que se realice una contratación directa para la APP del Galeón San José, por lo cual no se infringiría la ley de garantías electorales. Foto: Colprensa

Según el alto tribunal, esto no significa que se realice una contratación directa para la APP del Galeón San José, por lo cual no se infringiría la ley de garantías electorales. Foto: Colprensa(Thot)

La Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado dio vía libre al Ministerio de Cultura para que lleve a cabo la celebración del contrato del proyecto de asociación público-privada (APP) para las actividades de exploración, intervención, aprovechamiento económico del patrimonio sumergido en el Galeón San José.

Según el alto tribunal, esto no significa que se realice una contratación directa, por lo cual no se infringiría la ley de garantías electorales.

(Le puede interesar: Las garantías para el APP del Galeón San José son plenas: Mincultura)

La Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, consideró que la eventual celebración del contrato que sirva para materializar el proyecto de asociación público-privada (APP) con el respectivo originador, en caso de que no se presenten terceros que manifiesten oportunamente su interés en ejecutar el proyecto, o que se presenten y no cumplan los requisitos exigidos, no significa que se realice una contratación directa, por lo cual no se infringiría la “Ley de Garantías Electorales”.

También verificó que las normas que regulan la posibilidad de contratar con particulares las actividades de exploración, intervención, aprovechamiento económico y/o preservación del patrimonio cultural sumergido (Ley 1675 de 2013, en armonía con las Leyes 80 de 1993, 1150 de 2007 y 1508 de 2012), imponen la obligación de efectuar una convocatoria pública y permiten la participación de varios oferentes (incluyendo personas distintas del originador, en las APP de iniciativa privada).

Por esta razón, ninguno de los procedimientos de selección previstos en tales normas corresponde al mecanismo que la ley denomina “contratación directa”. Esto quiere decir que la realización de dichos procesos de selección y la suscripción de los respectivos contratos están permitidos.

(Lea también: Proponente para intervención del Galeón San José se retira por falta de garantías)

El concepto responde a una consulta elevada por el Ministerio de Cultura sobre si la eventual suscripción de la APP para la intervención, preservación, divulgación y aprovechamiento económico y demás actividades asociadas al hallazgo arqueológico del galeón San José, con el respectivo originador, implicaría realizar una contratación directa, que en tal caso estaría prohibida y solo podría adjudicarse después de la elección presidencial.

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