JEP expulsa a exalcalde de San Alberto condenado por nexos con ‘Juancho Prada’
El exmandatario Javier Zárate Ariza fue sentenciado, además, por asesinatos como el de la excandidata a la alcaldía Aida Cecilia Lasso, sacada de su vivienda por los paramilitares y ultimada junto con su hija.

Juan Francisco Prada Márquez, alias 'Juancho Prada', fue comandante del frente Héctor Julio Peinado Becerra de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC). Foto: Colprensa
La Sala de Definición de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) revocó la aceptación del sometimiento y expulsó al exalcalde de San Alberto (Cesar) Javier Zárate Ariza, condenado por asesinatos y nexos con los comandantes del Frente Héctor Julio Peinado de las Autodefensas, como Juan Francisco Prada ‘Juancho Prada’, antes y durante su administración.
La decisión de los magistrados fue adoptada debido a que consideraron insuficiente el aporte a la verdad realizado por el exmandatario durante el trámite de su sometimiento, en el cual se dedicó según la JEP a controvertir y desviar las condenas de la justicia en su contra por el homicidio de la excandidata a la alcaldía de San Alberto (Cesar) Ayda Cecilia Lasso y el sindicalista Pablo Antonio Padilla; y el proceso por el sindicalista Pablo Antonio Padilla.
“... los aportes de verdad realizados por el señor Javier Zárate Ariza en el presente proceso de sometimiento ni siquiera son marginales, no hay aporte alguno, el incumplimiento del régimen de condicionalidad ha sido absoluto, por lo que se impone considerar que no hay razones para continuar con la competencia prevalente de la JEP frente a los procesos por los cuales se aceptó su sometimiento” concluyeron los magistrados.
De acuerdo con lo analizado por los jueces, el ex para-alcalde Javier Zárate reiteró su inocencia, habló de “extorsiones” de exparamilitares testigos para obligarlo a pagar y no declarar en su contra, y desvió las verdades judiciales sobre los motivos políticos de los homicidios, todo lo anterior, ya abordado en la justicia ordinaria, por lo que su aporte novedoso a la verdad fue nulo de acuerdo con la jurisdicción.
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“Viendo en conjunto los aportes realizados por el señor Javier Zárate Ariza, se concluye que no tuvieron una información adicional que en realidad contribuya al esclarecimiento del conflicto armado, como lo son los relacionados con los grupos paramilitares y sus alianzas y acuerdos con la clase política regional” sentenció la JEP.
Por ejemplo, en el caso de la excandidata a la alcaldía de San Alberto Aida Cecilia Lasso desconoció haber participado en reuniones (ya probadas ante la justicia), en las que se definió asesinarla al tratarse de su contendora en las elecciones, y quien no comulgaba con el proyecto paramilitar.
En relación con el homicidio de Pablo Antonio Padilla, vicepresidente del Sindicato de Trabajadores de la Industria del Cultivo de Aceites y Vegetales (SINTRAPROACEITES), el exalcalde Zárate Ariza desconoció su responsabilidad (aunque ya fue condenado) y afirmó que los “paras” mataron a Padilla por ser sindicalista.
Finalmente, sobre el asesinato del exconcejal Hugo López Quiroz (por el cual es investigado), también rechazó el expediente de la justicia que concluyó que el excabildante fue asesinado (con arma blanca para que pareciera un atraco) por denunciar hechos de corrupción en la alcaldía del también ex para-alcalde Gerardo Jaimes (aliado de Zárate Ariza) y sus aspiraciones a ser primer mandatario de San Alberto.
Según Zárate Ariza, el exconcejal López fue ultimado porque supuestamente era amigo del excomandante paramilitar Robert Prada, afirmando lo anterior sin pruebas.
Todo lo anterior, para la JEP no llevó a más remedio que expulsarlo, por considerar que sus declaraciones fueron revictimizantes y concluir que “ni por el homicidio de Aida Cecilia Lasso, ni por el homicidio de Pablo Antonio Padilla, se partió de un reconocimiento de responsabilidad, menos un ejercicio de autorreflexión, por lo que la constante en la diligencia de versión fue la de controvertir las responsabilidades en los procesos en los que ya fue vencido en juicio, cuestión que le privó de realizar los aportes significativos”.


