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No todos los miembros de las Farc podrán votar el plebiscito: Registraduría

Según el registrador Juan Carlos Galindo, quienes cuenten con sentencia condenatoria no podrán ejercer su derecho al voto el próximo 2 de octubre.

Juan Carlos Galindo, registrador nacional. Foto: Colprensa

Aunque fue enviado un grupo de delegados de la Registraduría Nacional del Estado Civil a La Habana, Cuba, a verificar la identidad de los guerrilleros de las Farc en medio del proceso de cedulación de los integrantes de esa organización, esto no significa que puedan llegar a votar el plebiscito del próximo 2 de octubre.

El registrador Juan Carlos Galindo explico: “Muchos de ellos pueden tener procesos penales y aquí hay que distinguir: la inhabilitación para poder votar, derivada de un proceso penal, se produce por la sentencia condenatoria que inhabilite el derecho político de ejercer el voto. Pero una simple investigación penal no inhabilita el ejercicio del derecho al voto”.

El funcionario explicó que la idea es corroborar las identidades de los integrantes de las Farc, como parte del proceso de reintegración a la vida civil. Los que tengan sentencia condenatoria no pueden votar, mientras que los que tengan investigaciones penales sí pueden.

Quienes hacen parte del censo electoral sí.