Judicial

Detalles de la sentencia que sanciona a Diego Cadena con tres años de suspensión como abogado

El fallo dice que actuó con mala fe y que incurrió en faltas contra la dignidad y el decoro profesionales. La Procuraduría también pidió que fuera severamente sancionado. Su defensor Iván Cancino apeló la sentencia.

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Diego Cadena. Foto: Colprensa

En las últimas horas la Unidad Investigativa del diario El Tiempo reveló la primera condena disciplinaria por el caso del soborno de testigos y fraude procesal relacionados con el expresidente Álvaro Uribe Vélez.

La Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá tomó la decisión de suspender por tres años del ejercicio de la profesión de abogado a Diego Javier Cadena Ramírez.

Diego Cadena, conocido como el abogánster, está desde hace unos días nuevamente bajo detención domiciliaria. Debía estar semanas antes detenido en su cómodo apartamento pero -vaya uno a saber por qué- la decisión judicial le fue notificada mucho después.

La razón por la cual fue sancionado con 36 meses de suspensión en el ejercicio de la profesión de abogado tiene que ver con la presión que ejerció sobre el testigo Juan Guillermo Monsalve y que la Comisión Seccional de Disciplina Judicial encontró probada.

La sentencia 01 de 2022 señala que Diego Cadena incurrió en faltas contra la dignidad de la profesión y asegura que obró con mala fe en su ejercicio como abogado.

También dice que cometió faltas contra la recta y leal realización de la justicia y los fines del Estado.

Además la sentencia establece que faltó a sus deberes profesionales como abogado que lo obligan a cumplir la Constitución y la ley y a conservar y defender el decoro de la profesión jurídica.

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El fallo de 24 páginas hace un análisis pormenorizado de la conducta de Diego Cadena quien acudió a La Picota de Bogotá para conseguir una declaración escrita o un video de retractación de parte del testigo Juan Guillermo Monsalve.

Desde hace doce años Monsalve ha declarado consistentemente que Santiago y Álvaro Uribe Vélez junto con los cuestionados hermanos Gallón Henao y los también cuestionados Villegas Uribe, participaron en la conformación del llamado Bloque Metro de las Autodefensas.

El documento deja constancia de que la Procuraduría también pidió fallo sancionatorio contra Diego Cadena. El Ministerio Público encontró que Juan Guillermo Monsalve nunca buscó al abogado para retractarse de sus declaraciones contra el señor expresidente Álvaro Uribe, como lo ha dicho Cadena.

Al contrario, según la sentencia, fue Diego Cadena quien busco a Monsalve. Además quedó probado que el testigo expresó sus reparos porque sabía que incurrir en falso testimonio representaría para él más tiempo en prisión.

La Comisión Seccional de Disciplina Judicial no encontró convicente la diligencia en la que tres abogados: Diego Cadena, su apoderado Iván Cancino y Jaime Lombana trataron de enredar al testigo preso Juan Guillermo Monsalve, puesto en clara condición de indefensión frente al interrogatorio de los tres profesionales del Derecho.

Sobre los alegatos del abogado Iván Cancino en el sentido de que Diego Cadena fue víctima de una trampa por parte de Juan Guillermo Monsalve, la sentencia es especialmente dura. Dice “Se cae de su peso porque no hay ninguna prueba que lo acredite. Salvo las declaraciones de Carlos Eduardo López Callejas, alias Caliche, Nicolás Jurado Monsalve y Fahuner José Barahona, tendientes a desorientar la resolución del caso”.

Dice también que todos los elementos de convicción apuntan a que el abogado Cadena acudió a buscar la retractación de Monsalve ofreciéndole beneficios y ayudas jurídicas.

Uno de los puntos que más me llamó la atención en la sentencia es que la defensa de Cadena, es decir el abogado Iván Cancino, aceptó que su cliente le hizo ofrecimientos al testigo Juan Guillermo Monsalve. Aunque señala que esos ofrecimientos eran “a cambio de que dijera la verdad”.

El fallo determina que las visitas de Diego Cadena a la cárcel prueban que su intención no era que Monsalve dijera la verdad sino que expresara que lo dicho con anterioridad contra los hermanos Uribe Vélez no era cierto y dice que no es aceptable que el abogado lo presionara.

Por esa razón la sentencia establece que actuó con dolo al “Aconsejar, patrocinar o intervenir en actos fraudulentos en detrimento de intereses ajenos, del Estado o de la comunidad”.

La decisión disciplinaria está firmada por el magistrado Martín Leonardo Suárez Varón y la magistrada Elka Venegas Ahumada.

El abogado Iván Cancino apeló la decisión que ahora pasará a la Comisión Nacional de Disciplina Judicial.

Ahí, en la Comisión Nacional, está como magistrado el cuestionado excontralor de Bogotá Juan Carlos Granados Torres, señalado entre otras cosas de presuntos vínculos con el cartel de la toga y de supuestamente haber aceptado sobornos de Odebrecht cuando era gobernador de Boyacá.

Veremos si, por el inexplicable azar del reparto, al magistrado Granados le cae el caso de Diego Cadena.

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