Proyecto que prohíbe plásticos de un solo uso está a un paso de convertirse en ley
La iniciativa prohibirá, en el corto y mediano plazo, las bolsas que envuelven los periódicos, la ropa de lavandería, el confeti, entre otros.
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Plásticos de un solo uso. Foto: Getty Images / Richard Drury
El Senado de la República aprobó, en último debate, el proyecto de ley que prohíbe ciertos plásticos de un solo uso.
Tras extensos debates, audiencias y concertaciones con la industria plástica, se determinó que serán 14 tipos de plástico que no podrán importarse, comercializarse ni distribuirse.
“Estos plásticos son algunos de los más usados pero, a la vez, de los más prescindibles y de los más contaminantes tanto para nuestras fuentes hídricas, como para nuestros ecosistemas”, aseguró el autor del proyecto, el representante Juan Carlos Losada.
Por el momento, se prohibirían los siguientes elementos a dos años:
- Bolsas de punto de pago utilizadas para embalar, cargar o transportar paquetes y mercancías.
- Bolsas utilizadas para embalar periódicos, revistas, publicidad y facturas, así como las utilizadas en las lavanderías para empacar ropa lavada.
- Rollos de bolsas vacías en superficies comerciales para embalar, cargar o transportar paquetes y mercancías, o llevar alimentos a granel, excepto para los productos de origen animal crudos.
- Mezcladores y pitillos para bebidas.
- Soportes plásticos para las bombas de inflar.
- Soportes plásticos de los copitos de algodón o hisopos flexibles con puntas de algodón.
Y los siguientes son los tipos de plásticos que se prohibirían a ocho años:
- Envases o empaques, recipientes y bolsas para contener líquidos no preenvasados para consumo inmediato, para llevar o para entregas a domicilio.
- Platos, bandejas, cuchillos, tenedores, cucharas, vasos y guantes para comer.
- Confeti, manteles y serpentinas.
- Envases o empaques y recipientes para contener o llevar comidas o alimentos no preenvasados, conforme a la normatividad vigente, para consumo inmediato, utilizados para llevar o para entregas a domicilio.
- Láminas para servir, empacar, envolver o separar alimentos de consumo inmediato, utilizados para llevar o para entrega a domicilio.
- Mangos para hilo dental o porta hilos dentales de uso único.
- Empaques, envases o cualquier recipiente empleado para la comercialización, al consumidor final, de frutas, verduras y tubérculos frescos que en su estado natural cuenten con cáscaras, hierbas aromáticas frescas, hortalizas frescas y hongos frescos.
- Adhesivos, etiquetas o cualquier distintivo que se fije a los vegetales.
El proyecto contempla sanciones, entre ellas multas, decomisos y clausuras temporales, o definitivas, a quienes incumplan la normativa.
“El dinero recolectado, producto de dichas sanciones, deberá ser destinado a programas de limpieza en ecosistemas con recursos hídricos, recuperación de la fauna y flora”, dice la iniciativa.