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Tribunal condenó a MinDefensa, a la Nación y al Ejército por falso positivo en Cesar

Además ordenó pagar una indemnización por daños y perjuicios a los familiares de más de 400 millones de pesos. La víctima fue asesinada por miembros del Batallón de Artillería N° 2 La Popa y presentada como baja en combate.

Falsos positivos. Foto: Getty Images / Gerardo Gómez

Falsos positivos. Foto: Getty Images / Gerardo Gómez

W Radio conoció el fallo de 36 páginas con el que, luego de 19 años de buscar justicia, el Tribunal Administrativo del Cesar condenó a la Nación, al Ministerio de Defensa y al Ejército Nacional a pagar una indemnización total de 413 millones de pesos a los familiares de Carlos Alfredo Castro Aguirres, quien fue víctima de una ejecución extrajudicial ocurrida el 30 de junio de 2004 en la vereda Cuesta de la Plata del municipio de Pueblo Bello en el Cesar.

En ese sentido, los magistrados declararon a la Nación, al Ministerio de Defensa y al Ejército Nacional, administrativa y patrimonialmente responsables, por los daños y perjuicios generados con el falso positivo de Castro Aguirres, a su mamá, hermanos e hijas.

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En el fallo, conocido por W Radio, se establece que por perjuicios morales se deberá pagar así:

  • María Otilia Aguirres Ballesteros (madre): 100 SMLMV, lo que equivale a 116 millones de pesos.
  • Armando de Jesús Aguirre Ballesteros (hermano): 50 SMLMV lo que equivale a 58 millones de pesos.
  • Karen Margarita Castro Aguirre (hija): 50 SMLMV lo que equivale a 58 millones de pesos.
  • Yanelis Estella Martínez Aguirres (hija): 50 SMLMV lo que equivale a 58 millones de pesos.
  • María Isabel Aguirres Martínez (hermana): 50 SMLMV lo que equivale a 58 millones de pesos.
  • Marys Nei Aguirres Ballesteros (hermana): 50 SMLMV lo que equivale a 58 millones de pesos.

En el fallo también se establece que la Nación, el Ministerio de Defensa y el Ejército Nacional deberán pagar por concepto de perjuicios materiales en su modalidad de lucro cesante indemnizaciones de $ 7.302.245 a la madre María Otilia Aguirres Ballesteros y a sus dos hijas de la víctima, Karen Margarita Castro Aguirre y Yanelis Estella Martínez Aguirres.

CONDENAR a la NACIÓN - MINISTERIO DE DEFENSA - EJÉRCITO NACIONAL, a brindar a los demandantes las medidas encaminadas a procurar su readaptación, integración social y superación individual, consistente en tratamientos psiquiátricos, psicológicos y terapéuticos relacionados necesarios para superar los hechos relacionados con la muerte en las circunstancias demostradas en el proceso del señor CARLOS ALFREDO CASTRO AGUIRRES”, señala el alto tribunal.

En la sentencia conocida por W Radio se establece que el Ministerio de Defensa deberá ofrecer públicamente disculpas a los familiares de la víctima de este falso positivo.

“De manera simbólica y con el objeto de que la Nación satisfaga a los demandantes, por la muerte de su ser querido CARLOS ALFREDO CASTRO AGUIRRES, de vulneraciones a los derechos humanos42, el Ministro de Defensa en compañía de los altos mandos militares y con la comparecencia de los integrantes del Batallón de Artillería No. 2 La Popa en esta ciudad, celebrará, dentro de un término razonable, no superior a tres meses calendario contados a partir de la ejecutoria de la presente decisión, una ceremonia con la presencia de los demandantes, participación de la comunidad, e invitación a los medios de comunicación del departamento del Cesar, con cubrimiento nacional, donde se tribute la vida del antes nombrado, ofreciendo disculpas públicas a los ofendidos y a la comunidad por su muerte, repudiando clara y categóricamente la violación de los derechos humanos, con el compromiso claro y contundente de tomar los correctivos para que lo acontecido no vuelva a suceder”, destaca el fallo.

El Tribunal Administrativo del Cesar también señaló que la ejecución extrajudicial de Castro Aguirres, no tuvo nada que ver con su comportamiento.

“En suma, la Sala encuentra que la muerte del señor CARLOS ALFREDO CASTRO AGUIRRES, no tuvo como causa su comportamiento, y tampoco su conducta fue la causa de la reacción de los miembros del Ejército Nacional, luego entonces, no se rompe el nexo de causalidad y, por tanto, el daño no es imputable a la víctima sino a la parte demandada”.

Así fue el crimen

Carlos Alfredo Castro Aguirres vivía en compañía de su familia en el municipio de Fundación (Magdalena), con quienes sostenía una relación fraterna en la que con sus hermanos, mantenían el hogar.

En la sentencia condenatoria se advierte que la víctima fue engañada con un falso trabajo en fincas ubicadas alrededor de la Sierra Nevada de Santa Marta, recogiendo café en medio de la cosecha. Sin embargo, luego se mencionó que uniformados adscritos al Batallón de Artillería N° 2 La Popa, cometieron el crimen.

“Carlos Alfredo Castro Aguirres le manifestó a una hermana que lo habían contratado para la recolección de café en una finca cercana a la sierra nevada de Santa Marta; sin embargo, en vista que no había comunicación con aquel, sus familiares comenzaron a buscarlo por los diferentes municipios cercanos, en medicina legal, en las estaciones de policía, en las fincas cercanas, entre otros, y en virtud de que no hubo respuesta positiva decidieron presentar una denuncia ante la Fiscalía General de la Nación, habiéndose dispuesto por la Fiscalía No. 27 Seccional de Fundación - Magdalena, mediante Resolución de fecha 18 de julio de 2007, la apertura de investigación por desaparición forzada”.

Luego de tres años de haberle perdido el rastro, encontraron que el nombre de la víctima aparecía en un listado de cadáveres NN que habían sido sepultados en Valledupar.

“Los familiares vieron una noticia en un periódico del departamento del Cesar, donde se decía que habían identificado 28 cadáveres NN en el cementerio Nuevo de Valledupar, que fueron sepultados hace varios años, y en el listado aparecía CARLOS ALFREDO CASTRO AGUIRRES. Afirma que, en virtud de lo anterior, la señora MARÍA OTILIA AGUIRRES BALLESTEROS, junto con algunos de sus hijos se dirigieron a la ciudad de Valledupar, al Instituto de Medicina Legal en donde les manifestaron que el señor CASTRO AGUIRRES había muerto en un combate con miembros del EJÉRCITO NACIONAL; además menciona que en el Batallón La Popa, les indicaron que no tenían conocimiento de lo sucedido; y en el cementerio les dijeron que si querían la entrega del cuerpo debían cavar ellos mismos la fosa y sacarlo, porque en la misma habían más de mil cadáveres; razón por la que tuvieron que devolverse a su vivienda sin los restos, sin que hasta la fecha, hubieran podido darle sepultura según sus costumbres y religión”.

Igualmente se advierte que tras una ardua investigación se determinó que el crimen ocurrió el 30 de junio de 2004.

“El Juzgado 90 de Instrucción Penal Militar de la Ciudad de Valledupar, inicialmente realizó una investigación por cuanto el día 30 de junio de 2004, en la vereda Cuesta de la Plata del Municipio de Pueblo Bello, resultaron muertos en un presunto combate con miembros del EJÉRCITO NACIONAL el señor CARLOS ALFREDO CASTRO AGUIRRES y otros, hechos ocurrieron en el marco de la orden de operaciones “ESPARTACO” a cargo de las tropas del Batallón de Artillería La Popa, habiéndose archivado las diligencias desde el día 29 de octubre de 2004″.

También se conoció que, en 2017 un miembro del Ejército en la época en la que ocurrieron los hechos señaló en una diligencia que nunca existió combate, como en su momento se dijo para sustentar la muerte de la víctima.

“La Fiscalía 90 Especializada Contra Violaciones de Derechos Humanos, el día 28 de noviembre de 2017, llevó a cabo diligencia de indagatoria contra el militar Olson Humberto Muñoz Oviedo, quien manifestó que no hubo combate; asimismo, que mediante resolución de fecha 23 de mayo de 2018, se le impuso tanto a éste, como a un miembro de las AUC, medida de aseguramiento de detención preventiva, como coautores del delito de homicidio en persona protegida en concurso homogéneo y sucesivo y concierto para delinquir, librando las órdenes de capturas respectivas”, se señala en los antecedentes de la demanda.

Luego de 19 años, la familia no ha podido cerrar el ciclo del duelo ni tampoco despedirse de Carlos Alfredo Castro Aguirres, pues todavía no se les ha entregado de manera digna sus restos óseos.

El alto tribunal también se pronunció sobre esta situación e impartió directrices como, “ordénese a la Fiscalía General de la Nación, que imparta las órdenes necesarias y las gestiones administrativas que se requieran, en aras de poder entregarle los restos óseos del señor CARLOS ALFREDO CASTRO AGUIRRES a sus familiares”.

Tras cerca de 20 años la familia podrá escuchar que su hijo, hermano y padre, no solo no era guerrillero sino que tampoco murió en combate, como la justicia lo demostró.

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