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Penalistas difieren sobre legalidad del testimonio de Nicolás Petro contra su padre

Mientras que algunos abogados advierten que es inexpugnable el derecho de los ciudadanos a no declarar contra sus padres, otros señalan que sí se puede renunciar al mismo.

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Nicolás Petro. Foto: Colprensa.

Luego de que la defensa del presidente de la República, Gustavo Petro, hubiese solicitado ante la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes que se excluyan seis denuncias que sido presentadas contra el jefe de Estado, porque algunas de ellas están basadas en la declaración que Nicolás Petro Burgos, rindió ante la Fiscalía General de la Nación contra su padre y esto, está prohibido por la ley, W Radio consultó a reconocidos penalistas para analizar jurídicamente esta situación.

El abogado Mauricio Pava, defensor del presidente Petro también dijo que su solicitud se basó en que quienes presentaron las denuncias no asistieron a la citación a la diligencia de ratificación de denuncia.

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En W Radio los penalistas tuvieron opiniones diversas sobre si en el proceso que se adelanta contra el jefe de Estado en la Comisión de Acusación, ¿se puede tener en cuenta el testimonio de Nicolás Petro contra su padre y si esto es legal?

Jaime Lombana

El reconocido penalista y docente de la Universidad del Rosario, respondió al interrogante, asegurando que es sagrado el derecho de todo ciudadano a no declarar contra su madre, padre entre otras relaciones de tipo filial que contempla la ley colombiana y los tratados internacionales.

“En el artículo 33 de la Constitución Política de Colombia se contempla de manera absolutamente clara e incontrovertible, una garantía fundamental que no puede ser violada bajo ninguna excusa y es que las declaraciones entre padre – hijo; madre – hijo, obedecen al más puro de los sentimientos, al más sagrado, al más profundo de los respetos humanos es la relación filial y parentales, hasta determinados grados”, afirmó Lombana.

También señaló que el artículo octavo del literal A de la Ley 906 así lo establece y recordó el artículo 14 del Pacto de Nueva York, en el que se prohíbe que a una persona se le obligue, induzca o tan siquiera se le sugiera declarar contra su propio padre o al padre contra su propio hijo.

“De tal manera, como abogado creo que este tipo de garantías fundamentales contempladas en la Constitución Política de Colombia, no pueden tener sesgos ideológicos, las garantías del ser humano del ciudadano, son inexpugnables”.

El proceder de la Fiscalía fue violatorio del derecho del debido proceso: Lombana

El jurista cuestionó lo que ocurrió con Nicolás Petro en medio de las audiencias preliminares, tras ser capturado a finales del pasado mes de julio fue desbordado desde la órbita constitucional.

“A mí el proceder de la Fiscalía, cuando en medios de comunicación conocimos el supuesto ánimo de colaboración de Nicolás Petro, me parecía ya violatorio, me parecía ya desbordado desde la órbita constitucional y desde un debido proceso (...)”, afirmó.

Lombana agregó que “en conclusión la defensa de Nicolás Petro tiene no solamente la razón sino que es el más sagrado de los principios desde Voltaire, es inexpugnable, incontrovertible, obligar o usar una declaración del hijo contra su propio padre, o cuestionar la visita del padre a su propio hijo en un lugar de reclusión, es que creo que quien lo cuestione, de entrada está demostrando no solamente el gran desprecio por la Constitución, los Pactos Internacionales y los tratados sobre derechos humanos sino un gran desprecio por el humanismo, por lo sagrado, lo profundo que es la relación de padre- hijo; madre – hijo”.

Fabio Humar

La posición del penalista Jaime Lombana fue controvertida por el también abogado Fabio Humar, quien consideró que Nicolás Petro sí puede renunciar al derecho a no declarar contra su padre, en este caso el presidente de la República, Gustavo Petro.

“Debo discrepar un poco en lo siguiente, comparto plenamente los argumentos que él da (Jaime Lombana), en el sentido de lo infinitamente sagrado que es el testimonio de una persona cuando se pretende con ese testimonio incriminar a un ser querido, padre, hijo, el cónyuge. Pero yo creo que eso es un derecho renunciable. Es decir, en este caso puntual, Nicolás Petro sí podría renunciar si así lo quisiera, a ese derecho de no incriminar a su padre en el testimonio y con esa renuncia pedir ser escuchado en la Comisión de Acusación y rendir testimonio en contra de su padre”.

Humar insistió en que Petro puede renunciar al derecho de no incriminar a su padre

“La garantía de la que hablaba el profesor Lombana en efecto es una garantía, es decir, no se le puede obligar a rendir testimonio en contra del padre, pero eso no quiere decir que la persona cobijada con esa garantía no pueda renunciar a ese derecho”.

El penalista señaló también que en otros sistemas jurídicos las cosas son diferentes.

Dijo que evidentemente renunciar a ese derecho de no declarar contra el padre o la madre, “por supuesto es aterrador, pero eso pasa en otros sistemas jurídicos mucho más pragmáticos que el colombiano, por ejemplo, en Estados Unidos, con el cartel de Cali y las condenas que se consiguieron en contra de los Rodríguez Orejuela son producto de confesiones de padre contra hijo, entre hermanos”.

Finalmente agregó que, “eso es tremendamente habitual en sistemas mucho más pragmáticos, más brutales, más fríos, si se quiere”.

Alejandro Sánchez

El docente y penalista Alejandro Sánchez fue más allá y señaló que, en el caso de Nicolás Petro y las declaraciones que entregó a la Fiscalía General de la Nación no se pueden usar contra el procesado o contra los afectados que en este caso sería su padre, el actual jefe de Estado, porque se hicieron en el marco de una negociación de un preacuerdo que finalmente no se concretó, es decir que no fue avalado por un juez de la República.

También señaló que sí se pueden perder las garantías, es decir, se puede aceptar en medio de una negociación con la Fiscalía, el declarar contra padre, madre o parientes cercanos.

“En virtud de un proceso de negociación, de un acuerdo, puedes aceptar perder tus garantías, por ejemplo: tus privilegios a que no puedas declarar contra sus parientes cercanos, eso es posible en virtud de un proceso de negociación”.

Sánchez añadió que “los acuerdos son una forma de negociación y si acepta en virtud de un acuerdo, acercarse a la Fiscalía, por ejemplo: -yo voy a ceder mi derecho, yo voy a hablar de mi hermano, de mi papá, de mi tío-; entonces es perfectamente viable”.

¿Qué pasa si esa negociación fracasa?

El jurista le dijo a W Radio que, la discusión se centra en las consecuencias jurídicas que tiene el que la negociación fracase.

Explicó que “si el proceso de negociación fracasa, ahí es donde surge la alerta. ¿Por qué? Porque hasta que la negociación no esté concreta, es decir, hasta que esa persona no se someta, (en nuestro país las negociaciones se concretan no cuando te sientas con el fiscal, sino cuando ya se formalizan ante un juez), hasta que esa negociación no sea bendecida por el juez, la información que se obtenga de ese proceso de negociación no se debe utilizar, no se puede usar en otro proceso”.

Insistió en que, en medio de una negociación, un ciudadano en este caso Nicolás Petro, podría aceptar perder su derecho, pero explicó que “el problema es que si la negociación fracasó porque una de las dos partes se levantó y no se alcanzó a formalizar, esa información no se puede utilizar contra el procesado o contra las personas afectadas con las versiones del procesado”, en ese sentido no se podría utilizar contra el presidente Petro.

Sin embargo, precisó que no se puede impedir que las líneas de investigación, que existían antes de esa declaración, se sigan explorando.

¿Qué va a pasar con la petición?

El abogado Sánchez dijo que depende de los que los investigadores concluyan. “si los investigadores determinan que solamente con la prueba de testigos no es suficiente, pueden archivar”.

Pero dijo que también se puede solicitar a la Fiscalía que suministre toda la investigación que se tenía desde antes para seguir indagando.

“Las líneas de investigación no necesariamente se bloquean y no dependen exclusivamente de la versión del procesado, eso se llama principio de lealtad, principio de objetividad, no puedes jugar con trampas” y agregó que “la negociación, hasta que no se cierre, no puede ni siquiera darse a conocer a los medios”.

Y criticó que en Colombia ocurre mucho que la información se filtra a los medios de comunicación “habla un procesado en virtud de un acercamiento y la información se divulga, eso no se debería hacer. O habla el procesado y empiezan a compulsar copias, creo que eso tampoco se debería hacer, porque hasta que no esté cerrada la negociación, esa información debe protegerse, debe blindarse”.

Juan Camilo Brito Larsen

W Radio también contactó al abogado penalista Juan Camilo Brito Larsen, quien coincidió con el jurista Jaime Lombana, sobre que el testimonio de Nicolás Petro no puede ser tenido en cuenta contra el presidente Gustavo Petro, por ser su hijo.

También precisó que, la declaración que concedió a la Fiscalía General de la Nación, se dio en medio de una negociación de un preacuerdo, por lo que lo expresado allí no se podía utilizar contra el Jefe de Estado.

“En mi opinión, dentro del proceso que se sigue en contra del presidente Gustavo Petro ante la Comisión de Acusación no se puede tener como prueba lo dicho por su hijo Nicolás Petro Burgos, en el marco del proceso penal que se sigue en su contra por la presunta comisión de los delitos de lavado de activos y enriquecimiento ilícito, toda vez que todo se dio dentro de una negociación que en su momento estaban llevando a cabo tanto el procesado y su defensa junto con la Fiscalía General de la Nación y como se sabe, la negociación se frustró y la Fiscalía, decidió acusarlo y llamarlo a juicio, por lo que nada de lo que haya dicho en su contra podrá ser utilizado como prueba en procesos judiciales en contra de su padre, toda vez que en las mismas presuntamente lo señaló y se debe recordar que lo cobija el artículo 33 Constitucional”.

Escuche la entrevista completa en La W:

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