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Fiscal fue condenado a más de 4 años de prisión por corrupción en el sur de Córdoba

Se trata de Dagoberto Ibarra Mejía, quien fue encontrado responsable del delito de prevaricato por acción.

Condena.

Condena.(Colprensa)

Montería

La W Radio conoció que el Tribunal Superior de Montería a través de su Sala Penal encontró responsable del delito de prevaricato por acción al fiscal Dagoberto Ibarra Mejía, por hechos que se habrían registrado en agosto del año 2019, en el sur de Córdoba.

En ese momento, el hoy condenado se desempeñaba como Fiscal 31 Local del municipio de Puerto Libertador. Desde esta posición, el servidor público el día 17 de agosto de 2019 profirió orden de libertad a los señores Walfer Darío Guzmán Galindo y Yonis Manuel Rodríguez Reyes, quienes habían sido detenidos por su presunta responsabilidad en el delito de fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones. Estos sujetos, al parecer, se movilizaban en una motocicleta, llevando consigo 17 cartuchos calibre 9mm y no acreditaron permiso para su porte.

En ese sentido, el fiscal alegó “dudas en la legalidad del procedimiento de captura y, adicionalmente, en esa misma decisión, archivó las diligencias argumentando ausencia de antijuridicidad o lesividad, pues consideró que el comportamiento de los sujetos no ponía en peligro el bien jurídico tutelado, esto era, la seguridad pública”.

Sin embargo, el Tribunal determinó que el actuar del fiscal fue contrario a la ley y consideró que “le resultaba más fácil actuar conforme al ordenamiento jurídico, que desconocer lo dispuesto en los artículos 302 y 79 de la ley 906 de 2004. Sin embargo, con total desprecio por el contenido del informe de captura en flagrancia, con argumentos deleznables y artificiosos, dejó en libertad a los capturados y, como si fuera poco, dispuso el archivo de las actuaciones, de todo lo cual emerge el dolo con el que actuó”.

“El fin perseguido por el procesado era que los hechos puestos a su consideración, los cuales a primera vista revestían características de delito, quedaran en la total impunidad. En consecuencia, lejos se encontraba el fiscal acusado de haber actuado bajo error al interpretar las normas que debía aplicar al caso”, se revela en uno de los apartes de las consideraciones del Tribunal para emitir fallo condenatorio.

“Dijo el procesado que las actas de captura y de incautación se contradecían, ya que en una le atribuían el porte de la munición al parrillero de la moto, mientras que en la otra se decía que era su conductor. Para el Tribunal, tal argumento no tiene asidero jurídico, debido a que en este evento la captura no deviene ilegal, pues indistintamente que fuera el parrillero o el conductor de la moto quien portaba la munición, las circunstancias apuntaban que ambos capturados actuaban con el mismo designio criminal al tratar de eludir la persecución de la policía y destruir uno de los celulares para que no se obtuviera la información en el contenida; por el contrario”, se indica en la sentencia.

“Lo anterior obligaba aún más al fiscal, hoy acusado, llevar a los capturados ante el juez de control de garantías y abstenerse de archivar el caso como lo hizo, dado que la determinación de una eventual acusación o solicitud de preclusión era de competencia del fiscal seccional a quien debió remitir las actuaciones”, agregó.

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Tras lo expuesto, el Tribunal Superior de Montería, Sala Penal condenó al fiscal Dagoberto Ibarra Mejía a 54 meses (4 años y 6 meses) de prisión. Además, ordenó el “pago de una multa de setenta (70) salarios mínimos legales mensuales vigentes para el año dos mil diecinueve (2019) e inhabilitación de derechos y funciones públicas durante un término de ochenta y cuatro (84) meses”.

El Tribunal también determinó que el fiscal debe cumplir la pena en el centro de reclusión especial que determine el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec), teniendo en cuenta su condición de miembro de la Rama Judicial.

“Declarar que el doctor Dagoberto Ibarra Mejía no se hace acreedor al sustituto de la suspensión condicional de la ejecución de la pena, como tampoco a la prisión domiciliaria como sustitutiva de la prisión en establecimiento carcelario. Ejecutoriada la presente sentencia, se ordenará la captura del Dr. Dagoberto Ibarra Mejía, para lo cual se oficiará a las autoridades correspondientes”, se señala en la decisión del Tribunal Superior de Montería.

Por su parte, la defensa apeló la decisión para que la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia defina si confirma o revoca la sentencia conocida este 8 de abril de 2024.

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