Definido el calendario tributario para 2012
Se definieron las fechas de vencimientos para los impuestos de Renta, IVA, al Patrimonio, Gravamen a los movimientos financieros y Retenciones en la Fuente.
Se definieron las fechas de vencimientos para los impuestos de Renta, IVA, al Patrimonio, Gravamen a los movimientos financieros y Retenciones en la Fuente.
En el caso del Impuesto sobre la Renta y complementarios para personas naturales, el plazo para presentar la declaración y para cancelar, en una sola cuota, se inicia el primero de marzo de 2012.
La fecha de vencimiento para la declaración de renta se fija de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT del declarante que conste en el Certificado del Registro Único Tributario, RUT.
De igual manera, los plazos para presentar la declaración por parte de personas jurídicas y demás contribuyentes, así como para cancelar en dos cuotas iguales, se inician el primero de marzo del año 2012 y vencen teniendo en cuenta el último dígito del NIT, al igual que en el pago de Impuesto sobre la Renta para personas naturales.
Por su parte, el pago para los grandes contribuyentes se inicia el primero de marzo de 2012 y vence entre el 11 y el 24 de abril del año entrante.