Judicial

Tutela fue resuelta con apoyo de inteligencia artificial

Los derechos fundamentales a la salud y a la vida de un menor con Trastorno De Espectro Autista (TEA), fueron amparados.

Imagen de referencia de justicia. / naruecha jenthaisong

El juez primero laboral del circuito de Cartagena, emitió fallo de segunda instancia sobre una tutela con el apoyo de la inteligencia artificial conocida como ChatGPT, basándose en la Ley 2213 de 2022, que establece que en algunos casos se puede acudir a este tipo de tecnología.

Precisamente, en la sentencia advierte que dicha Ley “tiene por objeto la incorporación de las TIC en los procesos judiciales”.

También argumentó que se incluyó varios de los aspectos que hacían parte del problema jurídico y se ingresó al aplicativo, para consultar sobre las dificultades que generaron la tutela.

Los derechos fundamentales a la salud y a la vida del menor Salvador Espitia Chávez, quien fue diagnosticado con Trastorno de Espectro Autista (TEA), fueron amparados por medio de la tutela, que fue interpuesta por las dificultades económicas que estaba enfrentando la familia del menor y pedían a Salud Total EPS exonerar el pago de las cuotas moderadora y copago en la atención del paciente.

También pedían autorizar el pago o suministrar el transporte necesario para garantizar el desplazamiento entre su casa y el lugar donde se adelantan las terapias.

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Sobre la utilización del aplicativo de inteligencia artificial, el juez además sustentó que, se pretendió agilizar la resolución de las peticiones que hacían en la tutela pero precisó que no significa que se hubiese pretendido reemplazar a la jurisprudencia.

“El Despacho resolverá adicionar los fundamentos de la resolución del caso a partir de la construcción de textos realizada en el aplicativo IA https://chat.openai.com/chat a título de iniciativa que permita dar celeridad a la resolución de los asuntos de tutela”, a partes de la sentencia.

Agregó que “el propósito de incluir estos textos producto de la IA no es en manera alguna reemplazar la decisión del Juez. Lo que realmente buscamos es optimizar los tiempos empleados en redacción de sentencias, previa corroboración de la información suministrada por IA”.

En ese sentido, el juez ordenó a Salud Total EPS que “exonerar el pago de las cuotas de moderadora y copagos en los servicios requeridos parta el menor. Asimismo, se ordene autorizar el pago y/o suministro de los transportes necesarios para el desplazamiento de su lugar de residencia al lugar en el cual se practicarán las terapias requeridas”.

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