La cláusula en el puente Pumarejo que pone en la lupa de la Controlaría al Invías
Es la segunda vez que el Invías tiene inconvenientes por aceptar una cláusula que permite que un contratista lleve las diferencias de determinado proyecto a un Tribunal de Arbitramento.
Puente Pumarejo. Foto: Colprensa. / Cortesía Sacyr
En las recientes jornadas, la Contraloría General de la Nación reportó un presunto detrimento patrimonial por parte del Instituto Nacional de Vías al haber pagado 1.008 millones de pesos en la defensa jurídica que tuvo que emprender contra el contratista Consorcio SES Puentes Magdalena por el puente Pumarejo.
Le puede interesar:
El rollo del asunto se presentó en que el Invías le aceptó al contratista de la obra del que hizo parte la española Sacyr, la modificación del contrato inicial, permitiendo la inclusión de una cláusula que luego le permitiría al constructor acudir a la justicia arbitral esto. Según el ente de fiscalización a pesar de que “las obras del puente estaban casi terminadas, teniendo disponible la Justicia Ordinaria, omitiendo el cumplimiento de lo exigido en una Directiva Presidencial y desatendiendo las objeciones de su propia Oficina Jurídica y del Interventor de las Obras, lo cual derivó en que innecesariamente se hubiera tenido que gastar recursos públicos por valor de 1.008 millones pesos, en una instancia arbitral en la que la Nación no tenía nada que reclamar”.
Ante el escenario, el Invías por petición de W Radio respondió asegurando que de acuerdo con su Manual de Contratación “la inclusión de cláusulas compromisorias está autorizada como mecanismo para dirimir diferencias surgidas del contrato”; que de igual forma se atendió la Directiva Presidencial sobre políticas en materia arbitral debido a que la medida adoptada “correspondió a una decisión de gerencia pública en tanto que: permite resolver de forma célere el conflicto, da idoneidad de las personas que resolverán el conflicto al permitir saber que son árbitros expertos en infraestructura y derecho administrativo y define a la vez a la administración definir su situación jurídica respecto del contratista de forma eficiente, de cara al desgaste económico y operativo que supone una controversia de varios años ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo”.
Igualmente, el Invías resaltó en su respuesta que en abril del presente año el respectivo Tribunal de Arbitramento negó todas las pretensiones del contratista de obra, exonerando a su vez a la Nación de pagar un valor por reclamaciones de 135.203 millones de pesos; dando a entender de cierta manera que su táctica de defensa funcionó.