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¿Cuándo sale la lista de los jurados para las Elecciones de octubre?

En los próximos días se conocerán los listados de los ciudadanos que deben servir como jurados de votación en las elecciones regionales.

Jurados de votación elecciones 2023 - Colprensa

Jurados de votación elecciones 2023 - Colprensa

El próximo 29 de octubre se vivirá una nueva jornada de elecciones, esta vez las elecciones regionales donde los colombianos podrán votar, en el puesto donde tienen inscrito su documento de identidad, por gobernadores, alcaldes, concejales, diputados departamentales y ediles de las Juntas Administradoras Locales que gobernarán durante el periodo 2024-2027.

Para esta jornada electoral, la Registraduría Nacional del Estado Civil debe elegir los jurados que estarán presentes en cada una de las mesas de votación atendiendo a los sufragantes, y una vez el tiempo de votación haya terminado, deberán realizar el preconteo de votos y registrar los resultados en los formularios electorales, que ya fueron presentados por la entidad.

Para que una persona sea elegida como jurado de votación debe cumplir con determinados requisitos.

¿Quiénes pueden ser designados como jurados de votación?

Pueden ser designados como jurados de votación los funcionarios y empleados públicos, los empleados de empresas privadas, los estudiantes de educción superior que sean mayores de edad y los miembros de partidos y movimientos políticos.

Las empresas e instituciones educativas, públicas y privadas y los partidos y movimientos políticos se encargan de realizar un listado de sus trabajadores que es entregado a la Registraduría, donde se realiza un sorteo en que se seleccionan a los jurados.

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Por otro lado, se encuentran las personas que no pueden ser designadas como jurados de votación que incluye a menores de 18 y mayores de 65 años, los miembros de las Fuerzas Armadas, los miembros de los Directorios políticos y los cónyuges o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad de los candidatos a corporaciones públicas, entre otros.

¿Cuándo sale la lista de los jurados elegidos?

De acuerdo con las fechas del calendario electoral, la asignación y publicación de las listas de jurados se hace a más tardar quince días, calendario antes de la respectiva elección.

Se espera que desde el próximo martes 3 de octubre, los ciudadanos puedan consultar si fueron elegidos como jurados de votación, y de ser así el puesto de votación y la mesa en que la desempeñarán sus funciones. Sin embargo, la Registraduría tiene plazo hasta el 14 de octubre para publicar los nombres de los ciudadanos elegidos.

¿Cómo consultar si fue designado como jurado de votación?

Una vez sean publicados los listados, los ciudadanos podrán consultar si fueron seleccionados a través de la página de la Registraduría, siguiendo el paso a paso.

  1. Ingresar a la página web de la Registraduría Nacional, www.registraduria.gov.co/
  2. En la parte inferior, elija la opción ‘Servicios a la ciudadanía’.
  3. En la parte inferior del portafolio de servicios, seleccione ‘Consulta de jurados de votación’.
  4. Ingrese su número de cédula y complete la verificación recaptcha.
  5. En caso de que haya sido seleccionado, la página le mostrará la información relacionada como el puesto de votación y la mesa que le fue designada.

Cargos de los distintos tipo de jurados de votación

De acuerdo con la información entregada por la Registraduría Nacional, los jurados pueden ser elegidos presidente, vicepresidente y vocal de mesa, cada uno con distintas funciones.

  • El presidente de la mesa se encarga de recibir el documento de identidad de los votantes y lo verifica en el formulario E-10, o lista de sufragantes.
  • El vicepresidente es el encargado de realizar el registro de la persona en el formulario E-11 o acta de instalación y registro general de votantes.
  • El vocal de la mesa debe entregar todos tarjetones de las diferentes autoridades que se elegirán.

Cada mesa contará con tres jurados suplentes que deben encargarse de vigilar la urna, ayudar al sufragante en caso de que sea necesario y una vez el ciudadano haya votado deberá entregarle el certificado de votación.

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