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Corte inadmite demanda de fiscal Angélica Monsalve contra Comisión de Acusaciones

El hecho se remonta a una denuncia que la fiscal había presentado el 21 de septiembre de 2022 y sobre la cual, el 26 de abril de 2023, la Comisión señaló que no encontró elementos que fueran contrarios a la ley por parte del fiscal Barbosa.

Fiscal Angélica Monsalve, FOTO cortesía  red social X

Fiscal Angélica Monsalve, FOTO cortesía red social X

Sigue La W conoció una decisión de la Corte Suprema de Justicia sobre una demanda de la fiscal Angélica Monsalve contra la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes por haberse inhibido de abrir investigación formal en contra del fiscal general de la Nación, Francisco Barbosa.

El hecho se remonta a una denuncia que la fiscal Monsalve había presentado el 21 de septiembre de 2022 y sobre la cual, el 26 de abril de 2023, la Comisión señaló que no encontró elementos que fueran contrarios a la ley por parte del fiscal Barbosa y, por lo tanto, optó por no investigarlo.

Por eso, Monsalve decidió demandar a la Comisión ante la Corte Suprema de Justicia, quien relata que la fiscal pidió que se investigara un presunto interés de esta Comisión para saber qué información había en la Fiscalía sobre investigaciones contra ellos y que no estuvieran en manos de la Corte Suprema.

Sin embargo, para el alto tribunal, estas declaraciones son “conjeturas y especulaciones”, por lo que carecen de peso.

De esta forma, Corte Suprema de Justicia decidió inadmitir la demanda y no darle la razón a la fiscal Angélica Monsalve.

¿Qué había dicho la Comisión de Acusaciones?

La razón por la que la fiscal Angélica Monsalve demandó a la Comisión de Acusaciones ante la Corte Suprema de Justicia se originó cuando el fiscal Francisco Barbosa le quitó un expediente contra un alto funcionario de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN.

Sin embargo, la Comisión estableció que esta decisión “se dio con base en las competencias y prerrogativas asignadas del fiscal general y dentro del marco legal”. Por eso, no consideró que se haya violentado la norma penal.

Además, dijo que tampoco se podía considerar que el jefe del ente acusador hubiera desviado su autoridad de manera abusiva o arbitraria.

El auto dice lo siguiente: “No es posible considerar que el investigado, por el hecho de emitir la resolución, haya violentado la norma penal, como tampoco que haya desviado su autoridad de manera abusiva o arbitraria”.

En conclusión, la entidad determinó en ese momento que Barbosa no sacó la resolución “a motu propio”, como denunció Monsalve, sino que la decisión estuvo precedida en un concepto evaluativo positivo suscrito por la entonces Delegada para la Seguridad Ciudadana, el Delegado contra la Criminalidad Organizada y el Director Especializado contra la Corrupción.

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