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Corte declaró el Estado de Cosas Inconstitucional por ataques contra líderes sociales

Según estableció existe una grave violación de los derechos humanos contra los líderes sociales en Colombia.

Corte Constitucional / Foto: Colprensa

Corte Constitucional / Foto: Colprensa

Corte Constitucional / Foto: Colprensa

La Corte Constitucional declaró el Estado de Cosas Inconstitucional (ECI) ante la grave vulneración de los derechos fundamentales de la población líder y defensora de los derechos humanos en Colombia.

Señaló que falta concordancia entre los ataques continuos y la respuesta institucional y presupuestal para garantizar el respeto, garantía y protección de los derechos de los líderes.

Esto se dio como respuesta a la acción de tutela que veinte líderes y lideresas y defensoras y defensores de derechos humanos interpusieron para exigir la protección constitucional de sus derechos y de la justa reclamación por la violación de los derechos de los otros. “De esos relatos, aseguran que se desprendieron vulneraciones individuales en los casos concretos y vulneraciones generales”.

En la argumentación detallaron que a pesar que el Estado les ha brindado protección a través de esquemas de seguridad, eso no es suficiente por las siguientes razones:

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  1. Las amenazas y los atentados continúan.
  2. Los esquemas de protección no tienen enfoque diferencial de género, étnico racial, cultural ni territorial.
  3. Las medidas de protección, en algunos casos, no son suficientes para proteger sus vidas
  4. No hay políticas que eviten la estigmatización sistemática de la cual son víctimas.

Los acciones aseguraron que es necesario que “la Fiscalía General de la Nación adopte las medidas necesarias para dar prioridad de manera célere, eficaz y adecuada a las investigaciones relacionadas con amenazas contra la población líder y defensora de derechos humanos”.

La Sala Plena también encontró que existen otras causas que generan vulneración de los derechos humanos, entre ellas se encuentran la ausencia de instrumentos o instancias para la protección de los derechos cuya violación se ha identificado.

No obstante, “la inexistencia de un plan articulado en un instrumento claro y preciso, sí ha contribuido a la infracción de los derechos. En adición a ello existen graves deficiencias en la organización de los recursos humanos y materiales disponibles, así como en asignaciones presupuestales probablemente insuficientes”.

Este tipo de violación de los derechos puede también ser causado por “la falta de voluntad institucional para dialogar e interactuar conjuntamente, exige de las autoridades un esfuerzo por ajustar sus propios comportamientos. A juicio de la Corte ello puede contribuir efectivamente a enfrentar las fallas estructurales aquí detectadas”, menciona el fallo.

Jenny Rocio Angarita

Jenny Rocio Angarita

Nació en Ibagué (Tolima), es egresada de la Universidad de Ibagué de la facultad de Comunicación Social...

 

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