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Consejo de Estado determinó que sí es competente para revisar sanciones de la Procuraduría

Esto es un importante precedente porque nos deja claro que la revisión automática es para los funcionarios que se encuentran en función del cargo y no para aquellos que ya no la desempeñan.

Consejo de Estado. Foto: Colprensa.

Consejo de Estado. Foto: Colprensa.(Colprensa)

Con un nuevo fallo, el Consejo de Estado determinó que sí es competente para revisar las sanciones impuestas por la Procuraduría General de la Nación a elegidos por voto popular que se encuentran aún en el cargo.

Aun así, todavía no unifica jurisprudencia acerca de si se acata el fallo de la Corte IDH o la Corte Constitucional respecto a la competencia de fondo de la Procuraduría de sancionar a elegidos por voto popular.

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La decisión la tomó el alto tribunal al estudiar una sanción que la Procuraduría General de la Nación le impuso por nueve años al exalcalde de Campoalegre, Neiva, Aldemar Gutiérrez Muñoz, por irregularidades en la firma de un contrato para la legalización de predios fiscales urbanos y rurales, así como la ejecución de trabajos de conservación y protección de recursos naturales por $ 126 millones.

El Consejo de Estado, con ponencia del magistrado Martín Bermúdez Muñoz, resolvió el recurso extraordinario de revisión en cumplimiento con el fallo de la Corte Constitucional que le otorga las funciones jurisdiccionales a la Procuraduría, pero con la revisión del Consejo de Estado.

Sin embargo, en esta oportunidad como se trata de un exalcalde, es decir que ya no está en función del cargo, el Consejo de Estado dice que debe interponer una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho, y ahí sí llegaría posteriormente al Consejo de Estado.

Esto es un importante precedente porque deja claro que la revisión automática es para los funcionarios que se encuentran en función del cargo y no para aquellos, como, por ejemplo, Rodolfo Hernández, que ya no se encuentran en el ejercicio de la labor.

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