Contraloría apelará sentencia del tribunal que tumbó sanciones fiscales en caso Reficar
El ente de control aseguró que en el fallo sí acreditó plenamente los elementos de la responsabilidad fiscal.
La Contraloría General de la República anunció que apelará la sentencia de primera instancia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que tumbó las sanciones fiscales por el detrimento que determinó el ente de control en 2021 por 2,9 billones de pesos.
De hecho, el ente de control argumenta que “el fallo con responsabilidad fiscal objeto del pronunciamiento judicial, sí acreditó plenamente los elementos de la responsabilidad fiscal”.
Por tanto, advierte que la decisión se dio por el “aumento del CAPEX (”Capital Expenditures”) del Proyecto de Ampliación y Modernización de la Refinería de Cartagena - REFICAR como consecuencia de los retrasos en el cronograma y el aumento injustificado de sus costos de ejecución; derivó en la pérdida de valor de los recursos públicos invertidos, que resultó imputable tanto a la administración de la Refinería, como a los miembros de la junta directiva y a los contratista”.
Le puede interesar
Asimismo, afirmó que la sentencia del Tribunal corresponde a una decisión de 2 de 3 de los integrantes de la Sala correspondiente y fue objeto de salvamento de voto por uno de ellos, principalmente, porque no hubo análisis probatorio.
Recordemos que la Sentencia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, corresponde a una decisión de la mayoría (2 de 3) de los integrantes de la Sala que consideraron en relación con el daño patrimonial al Estado, que “(…) no fue probado. La decisión de la inversión autorizada en el Control de Cambios 2, no constituye fuente de daño patrimonial, pues no debió ser comparado con una fórmula matemática, sino con la inversión física del proyecto, que no fue cuantificada”; y agregaron que no se demostró cuál fue la actuación que generó el detrimento.
“Dicha providencia fue objeto de salvamento de voto por una de las integrantes de la Sala, principalmente, porque no hubo análisis probatorio”, señaló el ente de control.
De este modo, será la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado será quien dirima la controversia judicial, enfocándose en la causa inicial del daño fiscal censurado, y apreciando integralmente los medios de prueba que reposan en el expediente administrativo.