Solicitud de revisión de cuota alimentaria en el ICBF: quiénes pueden pedirla y requisitos
El propósito de este proceso es modificar, aumentar o disminuir la cuota cuando han cambiado las circunstancias económicas o personales de las partes involucradas. Conozca cómo solicitarla.

Cuota alimentaria, imagen de referencia. Foto: Getty Images

Para las personas que tienen la obligación de pagar cuota alimentaria en Colombia para la manutención de niños y adolescentes, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) ofrece el servicio de conciliación para la revisión de la tarifa previamente establecida.
El propósito de este proceso es modificar, aumentar o disminuir la cuota cuando han cambiado las circunstancias económicas o personales de las partes involucradas de forma notable, o las necesidades del menor.
Más información
El proceso de revisión de la cuota alimentaria se realiza a través de una audiencia de conciliación ante un defensor de familia del ICBF, en la que se busca alcanzar un acuerdo entre las partes. En caso de que no exista consenso, el interesado puede acudir a una instancia judicial.
Esta solicitud debe presentarse en el Centro Zonal del ICBF que corresponda al lugar de residencia del niño, adolescente o de la mujer en estado de embarazo. En su página web, el ICBF confirma que cuenta con cobertura en todo el territorio nacional, incluyendo 33 regionales y 215 centros zonales.
Tenga en cuenta que el proceso de revisión de la cuota alimentaria es gratuito y no requiere la asistencia de un abogado. Sin embargo, mientras se decide el ajuste de la cuota –es decir, si aumenta o se reduce–, la persona debe seguir cumpliendo con el valor establecido inicialmente; de lo contrario, incurrirá en el delito de inasistencia alimentaria.
Adicionalmente, la cuota alimentaria puede incrementar anualmente de acuerdo con el Índice de Precios al Consumidor (IPC), a menos que las partes hayan acordado otra fórmula de reajuste.
¿Quiénes pueden solicitar la revisión de la cuota alimentaria?
De acuerdo con el ICBF, la solicitud de revisión de la cuota alimentaria puede ser presentada por las siguientes personas:
- Padres o representantes legales del menor.
- Parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad.
- El guardador o la persona que tenga bajo su cuidado al niño o adolescente.
- Mujeres en estado de embarazo en caso de que se haya asignado cuota alimentaria a favor del hijo por nacer o que el progenitor haya reconocido obligación alimentaria.
¿Qué documentos se piden para la revisión de la cuota alimentaria?
En caso de que se requiera más información o asesoría sobre la revisión de cuotas alimentarias, la persona interesada puede acudir a las oficinas del ICBF, la Personería Municipal, la Defensoría del Pueblo o los consultorios jurídicos del municipio correspondiente.
Para iniciar el proceso de revisión de la cuota alimentaria ante el ICBF, pueden ser solicitados los siguientes documentos:
- Fotocopia del registro civil de nacimiento del niño o adolescente.
- Tarjeta de identidad para mayores de 7 años.
- Original y copia del documento de identidad de las partes involucradas.
- Documento inicial del acuerdo conciliatorio, resolución administrativa, sentencia o escritura pública donde conste la fijación de la obligación alimentaria.
Tenga en cuenta que en el proceso puede ser solicitado algún otro documento que resulte válido durante la audiencia. Sin embargo, en caso de que falte algún documento, esto no evita que se brinde atención inicial para el servicio.
Escuche W Radio en vivo:
El código iframe se ha copiado en el portapapeles
Directo
Escucha el audio

Lina María Vega
Egresada de Periodismo y Opinión Pública de la Universidad del Rosario, con énfasis en la Maestría de...






