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La Corte Constitucional ordenó consultar indígenas por oleoducto canadiense Pacific

La Corte Constitucional ordenó a los ministerios del Interior y Medio Ambiente, y a la petrolera Meta Petroleum Limited, filial de la canadiense Pacific Rubiales, consultar con indígenas la obra de un oleoducto en los Llanos Orientales que afectó sus territorios sagrados, según un fallo difundido.

La Corte Constitucional ordenó a los ministerios del Interior y Medio Ambiente, y a la petrolera Meta Petroleum Limited, filial de la canadiense Pacific Rubiales, consultar con indígenas la obra de un oleoducto en los Llanos Orientales que afectó sus territorios sagrados, según un fallo difundido.

La sentencia del alto tribunal se deriva de un recurso de amparo interpuesto por Marcos Arrechipe, gobernador del cabildo indígena Resguardo Turpial La Victoria, en el municipio de Puerto López, en el departamento del Meta.

El demandante argumentó en la petición presentada a comienzos de 2009, que no se consultó como debió hacerse a las comunidades Piapocos y Achagua, de unos mil miembros, y ahora debe celebrarse en un término de tres meses.

El fallo del Constitucional deja sin validez una sentencia del 5 de mayo de 2009 de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia que confirmó entonces un fallo en el que se negaba el recurso de amparo de los indígenas, proferido el 9 de marzo anterior por el Tribunal Superior de Villavicencio, capital del Meta.

La Sala de Revisión de tutelas de la Corte Constitucional, sin embargo, echó para atrás las sentencias de los citados altos tribunales, dio la razón a los indígenas y ordenó al Gobierno y a la Meta Petroleum Limited reestructurar el proyecto Oleoducto Campo Rubiales.

Según los argumentos del recurso de amparo, el proyecto causó impactos sobre la población, pues aumentaron las enfermedades por contaminación de aguas, la deserción estudiantil y los embarazos de niñas y adolescentes.

Todos, según el Constitucional, son "impactos indirectos relativos a los efectos socio económicos de la actividad petrolera" que eran "previsibles" y sobre los cuales debían haberse acordado "acciones de prevención y mitigación" por parte de la empresa petrolera.

Los indígenas solicitaron el 4 de septiembre de 2008 al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial la celebración de una consulta previa.

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