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Nuevo aislamiento contempla 44 excepciones y permite salida de mayores de 70

El decreto abre la puerta a los planes piloto de reapertura de restaurantes y gimnasios.

Imagen de referencia. Foto: Colprensa

Imagen de referencia. Foto: Colprensa(Thot)

El Gobierno expidió el decreto que amplía hasta el 1 de agosto el aislamiento preventivo obligatorio, manteniendo las mismas excepciones.

Sin embargo, se adicionó una más: “el desplazamiento y comparecencia de funcionarios y personas interesadas en la gestión de actividades que garanticen la protección de derechos fundamentales, colectivos y actuaciones administrativas”.

Además, se permitirá el desarrollo de actividades físicas y de ejercicio al aire libre de los adultos mayores de 70 años, por un período máximo de dos horas diarias.

En cuanto a las bebidas alcohólicas, se dispuso que no se prohibirá su expendio, pero quedará restringido el consumo. 

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Igualmente, en ningún municipio de moderada o alta afectación de COVID-19 se podrán habilitar los siguientes espacios o actividades presenciales:

1. Eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas, de conformidad con las disposiciones que expida el Ministerio de Salud.

2. Los establecimientos y locales comerciales, de esparcimiento y diversión, bares, discotecas, de baile, ocio y entretenimiento, billares, de juegos de azar y apuestas tales como casinos, bingos y terminales de juego de video.

3. Los establecimientos y locales gastronómicos permanecerán cerrados y solo podrán ofrecer sus productos a través de comercio electrónico, por entrega a domicilio o por entrega para llevar.

4. Piscinas, spa, sauna, turco, balnearios, parques de atracciones mecánicas y parques infantiles. (Las piscinas y polideportivos solo podrán utilizarse para la práctica deportiva de manera individual por deportistas profesionales y de alto rendimiento).

5. Cines y teatros. (Los teatros serán únicamente utilizados para realizar actividades creativas, artísticas, sin que en ningún momento se permita el ingreso de público).

6. La práctica deportiva y ejercicio grupal en parques públicos y áreas de recreación, deportes de contacto o que se practiquen en conjunto.

7. Servicios religiosos que impliquen aglomeraciones, salvo que medie autorización por parte del Ministerio del Interior y se cumpla en todo momento con los protocolos emitidos por el Ministerio de Salud y Protección Social para el desarrollo de esta actividad.

Y el Gobierno podrá autorizar planes piloto en restaurantes, con servicio a la mesa; hoteles, actividades náuticas y gimnasios, cumpliendo los protocolos de bioseguridad.

También aplicará para las iglesias cuando haya autorización de los alcaldes, en coordinación con el Ministerio del Interior.

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