Judicial

A revisión tutela con la que Luis Alfredo Ramos logró cambiar a magistrado de su caso

El ponente fue apartado del proceso tras la filtración de una ponencia que proyectaba una condena contra Ramos de hasta 19 años de prisión.

Exgobernador de Antioquia, Luis Alfredo Ramos. Foto: Colprensa

Exgobernador de Antioquia, Luis Alfredo Ramos. Foto: Colprensa(Thot)

La Corte Constitucional seleccionó para estudio la tutela que interpuso el exgobernador de Antioquia, Luis Alfredo Ramos, con la cual logró que se cambiara al ponente de la Sala de Primera instancia de la Corte Suprema de Justicia, en la investigación en su contra por presunta 'parapolítica'.

La orden de cambio de ponente la dio la extinta y cuestionada Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura y se hizo luego de que se filtrara a los medios de comunicación el sentido de fallo contra Ramos.

El fallo de la Sala Disciplinaria apartó del caso al magistrado de la Sala de juzgamiento, Ariel Torres, en octubre de 2020, lo que llevó a que la Corte Suprema de Justicia emitiera un comunicado en el que cuestionó la decisión.

La ponencia que se filtró proyectaba una condena contra Ramos de hasta 19 años de prisión, por el escándalo de la 'parapolítica' y al parecer lo señalaba de haber recibido dineros de procedencia ilegal para sus campañas políticas.

En 2018, un medio de comunicación publicó la primera ponencia contra Ramos en el proceso. En ese entonces, la ponencia la proyectó el magistrado Eyder Patiño de la Sala Penal de la Corte Suprema, cuando aún no se habían creado las salas de primera instancia.

Esa ponencia, según ese noticiero, proyectaba una condena de nueve años de prisión contra el exgobernador.  

En esa ocasión, el espacio informativo enfrentó una tutela de Ramos, por revelar el sentido de fallo, a lo cual la Corte Constitucional falló a favor del medio y resolvió que no se podía afectar el derecho a la información.

Ahora la Corte decide revisar la nueva tutela de Ramos con la que logró cambiar al ponente de su caso por “posible desconocimiento de un precedente de la Corte Constitucional”. 

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