Judicial

Corte Constitucional tumba impuesto que debían pagar compradores de vivienda en el país

Se trata del Fondo de Curadores Urbanos, el cual fue declarado inexequible con efectos a partir del 20 de junio de 2020

Corte Constitucional tumba impuesto que debían pagar los compradores de vivienda en el país. Foto: Colprensa

Corte Constitucional tumba impuesto que debían pagar los compradores de vivienda en el país. Foto: Colprensa(Thot)

La Corte Constitucional declaró inconstitucional los artículos 30 y 31 de la ley 1796 de 2016, los cuales daban vía al  Fondo de Curadores Urbanos, el cual se alimentaba de un impuesto que se le cobraba a las personas que compraban viviendas en Colombia. 

Según la Corte, se declaró inconstitucional porque la tarifa del gravamen no fue  establecida por el Congreso de la República, sino que este le otorgó al Ministerio de Vivienda la potestad para reglamentar el monto final del tributo.

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El alto tribunal aseguró que resulta necesario examinar si se estableció por el legislador con suficiente claridad y precisión un sistema y un método a partir por el cual se pueda determinar una tarifa por eso fue declarado con efectos diferidos a partir del 20 de junio de 2020.

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